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Herencias y sucesiones


En el momento de recibir una herencia hay algo que nunca debe pasarse por alto: la posibilidad de que, junto a una serie de bienes, también nos sean legadas deudas del testamento. Esta es la razón principal por la que, en algunos casos, se producen renuncias a las herencias. Pero hay otra opción a considerar que es la de aceptar la herencia a beneficio de inventario. El heredero no tendrá obligación de pagar las deudas que excedan el valor de los bienes heredados. Vamos a ver aquí qué características tiene y cómo se realiza la aceptación de una herencia a beneficio de inventario.

¿Qué significa que el heredero acepte la herencia a beneficio de inventario?

Cuando se está en situación de recibir una herencia se pueden producir tres tipos de opciones. Se puede proceder a aceptar la herencia. Se puede renunciar a ella manifestándolo en una escritura pública ante notario. También se puede pedir ante notario el derecho a deliberar. Deliverar sobre la conveniencia de adoptar alguna de las dos opciones anteriores: aceptación o renuncia.

La aceptación de la herencia

En caso de que se decida la aceptación hay que tener en cuenta que, además de aceptar íntegramente el caudal hereditario legado, se puede optar por la figura de la aceptación a beneficio de inventario. En caso de que la herencia traiga consigo algunas deudas. El heredero responderá de esas deudas hasta donde alcance el patrimonio heredado. Si ese patrimonio excede el nivel de las deudas, se heredaría el resto. Pero puede que las deudas no quedasen enjugadas con el patrimonio heredado. Entonces el heredero no responderá con sus bienes propios a esas deudas heredadas.

Esta opción regula que cualquier heredero podrá acogerse a la aceptación de la herencia a beneficio de inventario. Incluso en los casos en los que este supuesto viniera descartado en las propias voluntades del testador. Igualmente se recoge en este artículo el derecho a pedir la formación de inventario antes de decidir si aceptar o repudiar la herencia. De este modo el heredero podrá deliberar sobre este asunto conociendo los datos necesarios para tomar una decisión informada al respecto.

¿Cómo se realiza la aceptación de la herencia a beneficio de inventario?

Esta es una figura legal estipulada para proteger a los herederos ante posibles pérdidas en su patrimonio personal tras la aceptación de una herencia. Para proceder a aceptar una herencia a beneficio de inventario habrá que realizar una declaración al respecto ante notario, o por escrito ante el juez competente. También podrá realizarse este tipo de trámite ante un agente diplomático o consular español habilitado para funciones notariales, en el caso de producirse la tramitación en el extranjero.

Tras esto se deberá proceder a la confección del inventario. Con una relación fiel de los bienes, obligaciones y deudas de la herencia, especificando los acreedores de la misma.
Los plazos para este procedimiento se distinguen en función de que el heredero esté ya o no en posesión de los bienes (o parte de ellos) de la herencia.


Cuenta con los bienes de la herencia

Si ya cuenta con los bienes de la herencia el plazo es de treinta días a contar de que el momento en el se produjo el conocimiento de su condición de heredero.

No cuenta con los bienes de la herencia

Si no cuenta con los bienes, o parte de ellos, el plazo es de treinta días naturales a contar desde el momento en que venza el plazo fijado para aceptar o renunciar a la herencia.

Los plazos no son muy amplios, por lo que es siempre recomendable estar bien asesorado legalmente en este tipo de tramitaciones. Para que todo se realice en tiempo y forma adecuadas.

¿Qué significa que la aceptación de la herencia por parte del heredero a beneficio de inventario?

Beneficios y obligaciones del beneficio de inventario

Beneficios 

Los beneficios de esta modalidad de aceptación de una herencia son evidentes. Ya que resguarda el patrimonio personal del heredero ante deudas que excedan el valor de los activos a heredar. Además, es una buena forma de prevenir problemas en casos en los que aparezca una reclamación de la herencia por parte de algún candidato inesperado. En ese supuesto, de prosperar la reclamación, solo se le debería entregar la parte perteneciente del patrimonio real heredado.

Obligaciones

En cuanto a las obligaciones que supone el beneficio de inventario para los herederos que se acogen a esta fórmula. Está la más obvia de la necesidad de aceptar la herencia. Hay que comprometerse además a notificar a los acreedores que se procede a la formación del inventario. Realizando un inventariado fidedigno de los bienes y obligaciones del testamentario. Finalmente es imprescindible reconocer las deudas heredadas y comprometer el pago de las mismas. Siempre con el patrimonio activo a heredar.

Si se ocultase u omitiera, de forma consciente, activos o derechos de la herencia en la formación del inventario. Los herederos perderían el beneficio de inventario. Esto también podría ocurrir si se enajena una parte del patrimonio a heredar antes de proceder al pago de deudas con los acreedores. Salvo que haya una autorización expresa por su parte.

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