Asesoría fiscal, Consultoría, Estrategia Empresarial, Startups
¿Estás planeando abrir tu negocio en España, pero no estás seguro/a de cuál es la mejor opción estructura? En este artículo repasamos todo lo que necesitas saber para decidir la mejor forma fiscal para la apertura de tu negocio.
Cada vez más es una opción interesante para los inversores extranjeros realizar inversiones en España, de ahí a que es de especial importancia analizar las diferentes opciones que el fisco español permite.
Existen múltiples opciones, como son la oficina de representación, la creación de una sucursal y/o la filial.
Una de vuestras preguntas típicas con las que nos solemos encontrar es, ¿pero qué opción es más beneficiosa para mí? Desde nuestra experiencia no hay una única opción, es depende de cada tipología de negocio y cultura empresarial, por eso siempre instamos a analizar caso por caso.
OFICINA DE REPRESENTACIÓN
A nivel jurídico, esta figura es la más rápida y sencilla, ya que al NO tener actividad económica se presta más realizar los pasos previos a la sucursal y/o filial.
Una empresa extranjera puede abrir una oficina de representación en España. Hay que tener en cuenta que estas oficinas no pueden ejercer actividades económicas, ya que deben limitarse a realizar estudios de mercado y suelen ser el paso previo de muchas empresas para tomar la decisión de instalarse definitivamente.
SUCURSAL – ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
La sucursal se conoce también como un establecimiento permanente y su característica fundamental es la ausencia de personalidad jurídica distinta de la de su casa central (matriz), siendo la propiedad siempre de la empresa matriz situada fuera del país.
Esta opción es muy interesante para empresas que necesitan diariamente operaciones de entrada de dinero, aportaciones de capital (al tener la misma estructura de capital), ayuda al prestigio y poder de la marca al disponer de la misma identidad que la matriz.
Es importante mencionar que, en este caso, que al estar la sucursal completamente vinculada a la empresa matriz al no tener autonomía propia, sino que depende como hemos comentado de la matriz, los resultados obtenidos en territorio nacional deberán ser elevados a la contabilidad de la matriz para su presentación de impuestos en dicha sociedad.
FILIAL
La principal diferencia que existe con la sucursal es que efectivamente la filial SÍ tiene personalidad jurídica propia y por tanto es la única responsable ante el fisco español de sus actuaciones, actúa como una sociedad limitada o anónima, siendo el propietario de dicha sociedad la sociedad matriz fuera de España, los resultados obtenidos por la filial se quedan en dicha sociedad, para capitalizar la sociedad la figura más óptima sería mediante elaboración de contratos de préstamos.
Como ves, dependiendo de lo que necesite tu negocio, puede interesarte más una figura que otra, por eso, si tienes intención de expandir tu negocio en España y quieres asesoramiento sobre cuál de las opciones es más interesante, puedes contactar con nosotros y nuestro equipo de fiscalistas te asesorarán en todo el proceso.