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Asesoramiento legal, Asesoría, Noticias

El pasado 11 de noviembre de 2024, el Gobierno de España aprobó el Real Decreto-ley 7/2024, una normativa que establece medidas urgentes para apoyar la respuesta inmediata, la reconstrucción y el relanzamiento de los municipios afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. En este blog, analizamos las principales disposiciones de este decreto y su impacto en las áreas afectadas.

  1. Objetivo y Alcance del Decreto

El Real Decreto-ley 7/2024 tiene como objetivo principal adoptar medidas urgentes para la respuesta inmediata, la reconstrucción y el relanzamiento de las zonas afectadas por la DANA. Estas medidas abarcan desde la flexibilización de contratos energéticos hasta el apoyo financiero para la adquisición de viviendas y la restauración de infraestructuras.

  1. Medidas en Materia Energética

Una de las primeras acciones del decreto es la flexibilización de los contratos de suministro de electricidad y gas para los consumidores afectados. Esto permite modificar o suspender los contratos sin penalizaciones, asegurando además el suministro continuo de electricidad, productos derivados del petróleo, gas natural y agua a los hogares afectados.

Medidas DANA Valencia ámbito de la Energía
  1. Apoyo Tributario y Comercial

El decreto también incluye medidas fiscales, como la suspensión de plazos tributarios y la reducción de cargas fiscales para individuos y empresas afectadas. Además, se ofrece apoyo financiero a las empresas que participen en eventos de comercio internacional afectados por la DANA, facilitando así su recuperación y continuidad operativa.

  1. Ayuda al Sector Agrario

Para el sector agrario, se han establecido ayudas extraordinarias para compensar las pérdidas superiores al 40% debido a la DANA. También se implementan medidas para la recuperación de la productividad agrícola y la restauración de infraestructuras esenciales.

  1. Medidas en Materia de Vivienda

El decreto prevé subvenciones para la adquisición de viviendas destinadas a aquellos que han perdido sus hogares. Estas viviendas serán adquiridas y gestionadas por SEPES, la Entidad Pública Empresarial de Suelo, asegurando que las familias afectadas tengan acceso a un alojamiento seguro y adecuado.

  1. Protección del Empleo y la Seguridad Social

En el ámbito laboral, se reconocen las ausencias justificadas y se prioriza el trabajo a distancia para los trabajadores afectados. Además, se establecen pensiones extraordinarias y se permite el acceso anticipado a fondos de pensiones para aquellos que han sufrido pérdidas significativas.

  1. Abastecimiento y Saneamiento

El decreto también aborda la reparación de infraestructuras de abastecimiento y saneamiento, proporcionando ayudas directas y exenciones en tarifas relacionadas con el agua para los usuarios afectados.

  1. Apoyo al Sector Educativo y Cultural

Se han implementado ajustes en los calendarios escolares y criterios de evaluación para los estudiantes afectados, así como medidas para asegurar la continuidad en los programas de formación profesional. En el sector cultural, se ofrecen subvenciones para entidades y actividades culturales afectadas, y se extienden los plazos de producción cinematográfica.

  1. Restauración de Infraestructuras de Transporte

El decreto incluye apoyo para la restauración de infraestructuras de transporte local dañadas por la DANA, así como la provisión de datos y análisis geoespaciales para ayudar en los esfuerzos de recuperación.

Medidas para la reconstrucción de carreteras y transporte
  1. Apoyo a Grupos Vulnerables

Finalmente, se han establecido medidas especiales para proteger a las víctimas de violencia en áreas afectadas y se ofrece apoyo financiero para servicios dirigidos a niños, adolescentes y jóvenes.

Conclusión

Desde nuestra asesoría, estamos comprometidos a ayudar a nuestros clientes a entender y aprovechar estas medidas para facilitar su recuperación y adaptación a las nuevas circunstancias.

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Asesoría, Asesoría fiscal, Declaración de Renta, Novedades fiscales

La Ley de IRPF, en su disposición transitoria decimoctava, desarrolla la deducción por inversión en vivienda habitual en IRPF, para poder optar por su aplicación se deben cumplir dos requisitos:

  • Haber adquirido la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013

  • Haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2013 (2012 o años anteriores) salvo que no la hayas podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.

El TEAC unifica criterio a la posible aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual en los años o períodos posteriores al 2012 por parte de contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 01/01/2013 y que no hubieran practicado ni consignado tal deducción en ninguno de los años o períodos anteriores al 2013 desde que la adquirieron, es decir, contribuyentes que no hubiesen cumplido el segundo de los requisitos anteriormente mencionados.

Declaración Renta 2024 deducción vivienda habitual

Siendo el criterio que se fija el siguiente:

  • Que podrán aplicarla, aquéllos que no hubieran practicado ni consignado la deducción antes de 2013 porque no hubieran presentado declaración por no resultar obligado a ello por razón de las rentas obtenidas.

  • Que podrán aplicarla, aquéllos que no hubieran practicado ni consignado la deducción antes de 2013 porque estando obligados a presentar declaración por razón de las rentas y habiéndola presentado, no hubieran tenido en ninguno de tales períodos cuota íntegra para poder aplicarla.

Por ello, si se encuentra en alguna de estas dos situaciones que le otorgan el derecho a beneficiarse de la deducción, póngase en contacto con nosotros. Desde MATION nos encargaremos de aplicar el incentivo en su IRPF y rectificar sus declaraciones de IRPF correspondientes a los años que aún no hayan prescrito con objeto de solicitar la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente.

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Asesoría, Asesoría laboral, Asesoría Mercantil, Consultoría

En el caso de que un socio desee percibir una cantidad extra de dinero procedente de la empresa, es importante tener en cuenta los efectos tributarios con anterioridad a decidir el tipo de percepción. Para analizar cada situación, sería oportuno observar tanto la perspectiva del socio como la de la sociedad según convenga.

Percibir dividendos por parte de la sociedad, conllevará para el socio su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF) de dicho ejercicio. No obstante, los dividendos no tributan en la base imponible general del impuesto, sino en la base imponible del ahorro a un tipo de gravamen que oscila entre el 19% y 28% según la cuantía recibida, calificándose como rendimientos de capital mobiliario.

Por otro lado, dicha percepción de dividendos conllevará para la sociedad el ingreso de la pertinente retención a los efectos de la declaración IRPF del socio. Asimismo, el dividendo repartido no será gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades (en adelante, IS) de la entidad.

Si esta cantidad se percibe en forma de bonus, será más cantidad de salario lo que aumentará la base imponible general del IRPF del socio, que según los casos puede llegar a tributar hasta un 47%. Por el lado de la empresa, este salario será gasto deducible en el IS de la misma, rebajando (como regla general) en un 23 o 25% el efecto impositivo. No debemos olvidar que un aumento de salario conllevará también un aumento del coste de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Reunión de socios para decidir Paga Extra

Para tomar la decisión más adecuada, es preceptivo tener en cuenta de nuevo esa doble vertiente socio – sociedad.

Por un lado, el nivel de ingresos del socio, puesto que, ante una cuantía elevada de salario, a priori interesará más percibir dicha cantidad extra en forma de dividendo, mientras que si el salario es menor podría ser más acertado percibir un bonus salarial.

Ahora bien, no podemos dejar de lado la perspectiva de la sociedad ya que el tipo de gravamen del IS será determinante para realizar una comparativa y tomar la decisión más conveniente. El resultado puede ser muy diferente por ejemplo en una sociedad de reciente creación que tribute a un tipo del 15% en IS.

Pongamos el caso de un socio que desea percibir 15.000€ netos. Según el tipo de gravamen de la sociedad la decisión con menor impacto fiscal será diferente:

  • Si la sociedad en cuestión tributa a un tipo del 23% en IS y el socio tributa a un tipo marginal del 35% interesará percibir salario mientras que, si el socio tributase a un tipo del 45%, el importe a tributar en la renta aumenta considerablemente por lo que sería más recomendable percibir un dividendo, el coste total de IRPF en su escala del ahorro junto con el tipo en IS tiene menor impacto fiscal.

  • Sin embargo, si la sociedad tributase a un tipo del 15%, convendría percibir dividendo en todo caso, pues el coste fiscal total es menor incluso aunque el socio tribute a un 35% en su IRPF.
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En la Comunidad Valenciana existen diversas ayudas y subvenciones destinadas a fomentar la contratación de personas desempleadas. Estas iniciativas buscan impulsar la creación de empleo y apoyar a los colectivos más vulnerables.

Las subvenciones para fomentar la contratación son una herramienta valiosa para las empresas que desean crecer y contribuir al empleo en la Comunidad Valenciana, por lo que si estás pensando en incorporar nuevos profesionales a tu equipo y quieres optar a estas ayudas, te informamos.

Considerando que está pendiente de publicarse las bases de 2024, os podemos informar de los perfiles subvencionables de ayudas a la contratación de los años anteriores para que podáis acotar la búsqueda de personal.

Programa ECOGJU:
> Jóvenes cualificados
> Jóvenes mayores de 16 años y menores de 30.
> Inscritos al paro y al Programa de Garantía Juvenil (te informamos de cómo se realiza).
> Con una cualificación profesional reconocida: Grado universitario, Estudios de Postgrado universitario, > Doctorado, o Técnico Superior y Medio de Formación Profesional Reglada, Certificado de profesionalidad.

Programa ECOVUL:
> Colectivos vulnerables
> Personas desempleadas de larga duración (1 año).
> Personas mayores de 50 años.
> Personas con diversidad funcional.
> Mujeres víctimas de violencia de género.
> Mujeres cabezas de familia monoparental.
> Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.

Para optar a la ayuda estos colectivos deberán estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo. Igualmente se deberán seguir una serie de requisitos y obligaciones desde la fecha de la contratación hasta un periodo de 2 años, como son los siguientes:

. La contratación deberá ser indefinida y a jornada completa.

. El periodo de prueba debe ser inferior a 2 meses.

. No haber mantenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores.

. No haber sido sancionado de forma grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o Seguridad Social, en los 2 años anteriores.

. Incremento neto de la plantilla media en comparación con la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en los 30 días naturales anteriores.

. Mantenimiento de la plantilla media de la empresa.

. Mantener el empleo durante al menos 24 meses (excepciones: voluntad de la persona trabajadora, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora).

. Estar al corriente en las obligaciones de la Seguridad Social y Hacienda.

. Realizar difusión de haber recibido la ayuda por parte de la Generalitat.

. Estar informado es clave para tomar decisiones acertadas en el ámbito empresarial. Nuestro compromiso es ayudarte a navegar por el complejo mundo de las subvenciones y a optimizar tus costes laborales.

Si estás interesado en obtener más información sobre las ayudas a la contratación, en Mation estaremos encantados de ayudarte a comenzar a aprovechar estas oportunidades.

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Asesoría

MATION CONSULTING recibe de labora dos ayudas del programa ECOVUT 2021- Programa de Subvenciones destinadas a fomentar la conversión a indefinido de contratos temporales de colectivos vulnerables.

 

La empresa MATION CONSULTING ha recibido dos ayudas del programa ECOVUT 2021- Programa de Subvenciones destinadas a fomentar la conversión a indefinido de contratos temporales de colectivos vulnerables.

 

El importe de la subvención asciende a 13.300 euros por cada una de ellas, lo que promueve la contratación fija y segura dentro de la empresa.


subvencion-labora

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Asesoría

SUBVENCION NOMINATIVA DIPUTACION/ AYTO.

La Diputación Provincial de Alicante ha aprobado una convocatoria de subvenciones nominativas a Ayuntamientos de la provincia de Alicante para Pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y profesionales de sus municipios.

 

OBJETO

Dirigidas a pymes, micropymes, pequeños empresarios autónomos y colectivos sometidos a mutualidades, del sector comercial y/u hostelero, que ejerzan su actividad económica en la ciudad de Alicante, y que reúnan las condiciones exigidas

 

IMPORTE

Podrá alcanzar los 2.000,00 euros por solicitante.

 

BENEFICIARIOS

  1. Personas físicas y jurídicas
  2. Actividad en término municipal antes del 14/03
  3. Que desarrollen las siguientes actividades (IAE):

Agrupación 64 completa.- (comercio menor comercio productos alimentarios, bebidas, tabaco…)

Agrupación 65 ( excepto los grupos 655 y 656).- (comercio productos industriales: textil, calzado, droguería, cosméticos, químicos, muebles, electrodomésticos, materiales de construcción, etc… a excepción de combustibles y bienes usados)

Grupo 663 .- Comercio ambulante (sollo en mercadillos periódicos )

Agrupación 67 (excepto los grupos 674 y 677): bares, restaurantes, cafetería, heladerías..

Epígrafe 691,1, Grupo 755 Agrupación 97 (excepto epígrafe 973,2 y grupos 974 y 979).- Reparación artículos del hogar, agencias de viaje, lavanderías y tintorerías, reparación de calzado, peluquerías e institutos de belleza, servicios fotográficos, copisterías, enmarcación entre otros.

Los límites de facturación máximos de facturación para los regímenes de facturación se mantendrán un año más.
EXCLUSIONES

Las entidades del sector público, las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, así como cualquier otro tipo de agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad jurídica. Sí podrán ser personas beneficiarias, los socios y socias autónomos comuneros de las comunidades de bienes de forma individual

 

REQUISITOS

  1. a) Que el domicilio fiscal y/o el establecimiento en el que se ejerce la actividad se encuentren en el término municipal de Alicante.
  2. b) Haber suspendido su actividad económica o bien haber tenido una pérdida en el volumen de ingresos de la actividad económica de al menos un 50% en los meses de abril y mayo de 2020, en relación a la media de volumen de ingresos de la actividad económica del periodo de 14 de septiembre de 2019 al 13 de marzo de 2020 ( semestre anterior)
  3. c) Cuando el alta de actividad económica se haya producido con posterioridad al 1 de enero de 2020, la media (facturación ) se realizará respecto al periodo de actividad dado de alta.
  4. d) Que la actividad afectada por el cierre del establecimiento decretado por el estado de alarma no se haya visto compensada por incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.
  5. e) Mantener su actividad económica durante al menos los seis meses posteriores a la publicación de la resolución de la concesión

 

OBLIGACIONES

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social, así como no haber contraído ninguna deuda pendiente con el Excmo. Ayuntamiento de Alicante
  • Aportar la documentación que figura en las Bases
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de la subvención durante un periodo de cuatro años desde la concesión de la subvención
  • Publicitar en sus medios digitales, redes sociales y páginas web corporativas la concesión de la presente ayuda.

 

DESTINO DE LA AYUDA

  1. El alquiler mensual del local de negocio, justificado mediante contrato de arrendamiento en vigor y justificante del pago
  2. Los gastos de publicidad de actuaciones o eventos que hayan sido afectados negativamente por el estado de alarma realizados, justificado mediante facturas y documento acreditativo del pago de las mismos.
  3. Los gastos de consultoría y asesoría realizados como consecuencia de la situación del estado de alarma, justificado mediante facturas y documento acreditativo del pago de las mismas.
  4. Los gastos de contratos de suministro de energía, agua, teléfono o internet referidos necesariamente al local de negocio, justificado mediante justificantes de pago correspondientes.
  5. Los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio, justificado mediante recibo de préstamo y justificante de pago bancario
  6. El alquiler de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad empresarial directamente afectada por el COVID-19, justificado mediante justificantes de pago correspondientes
  7. Los gastos de intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos el 100% a la actividad empresarial directamente afectada por el COVID-19, justificado mediante recibo de préstamo y justificante de pago bancario

 

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

Se deberá solicitar cita previa telemática

La cita previa se podrá solicitar desde el mismo día de publicación de las presentes Bases en el Boletín oficial de la provincia de Alicante

Plazo.- Días días hábiles iniciándose el plazo a las 9:00h del día siguiente hábil a la publicación de las presentes bases

 

DOCUMENTACION A APORTAR (ver detalle en las bases)

  • DNI, NIE
  • REPRESENTACION: Documento acreditativo de la representación otorgada a la persona que presenta la instancia de solicitud, de acuerdo al modelo de representación que consta anexo a las presentes bases
  • Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o la Mutua profesional correspondiente.
  • Informe de la Vida Laboral del mes de julio o posterior

PARA SOCIEDADES ADICIONALMENTE

  • Escritura de constitución y los estatutos de la persona jurídica actualizados, inscritos en el correspondiente Registro.
  • Alta en el régimen de la Seguridad Social correspondiente de la persona administradora.
  • Informe de vida laboral de la persona interesada o representante legal de la persona jurídica o entidad solicitante del mes de julio o posterior

DESDE MATION TRABAJAMOS PARA OFRECERTE EL MEJOR ASESORAMIENTO, NOS PREOCUPAMOS POR GARANTIZARTE UN ASESORAMIENTO DE CALIDAD, ASÍ COMO NOS PREOCUPAMOS DE ANUNCIARTE LAS ÚLTIMAS NOVEDADES EN AYUDAS.
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Asesoría, Consultoría

La Agencia Tributaria y el Banco de España están intensificando el rastreo de dinero en las transacciones de ingresos y gastos con los bancos para evitar el fraude fiscal.

El control que actualmente tienen la Agencia Tributaria y el Banco de España sobre nuestros movimientos bancarios ha crecido mucho y además, seguirá subiendo con el paso del tiempo.

Actualmente, cualquier movimiento que pueda generar cualquier sospecha de fraude fiscal provoca que las entidades bancarias estén obligadas a mostrarles todos nuestros movimientos bancarios. 

Rastreo de dinero

Para empezar vamos a distinguir entre los dos tipos de dinero, efectivo y el virtual. En el dinero en efectivo, Hacienda controla todas las transacciones que superen los 10.000 euros fuera de España y 100.000 euros si se sitúa dentro de nuestras fronteras.

Es importante mencionar que la Agencia Tributaria y el Banco de España solicitan información para el rastreo de dinero de  todos los ingresos y retiradas de billetes de 500 euros.


En cuanto al dinero virtual, los límites de control cambian, para toda transacción que supere los 10.000 euros y los pagos y cobros desde 3.000 euros.

La Agencia Tributaria intensifica el control de los ingresos y retiradas de efectivo con los bancos

Préstamos y créditos

Hacienda no sólo solicita información a los bancos por las transacciones, también se fija en todo aquel que solicite y obtenga un préstamo o crédito superior a los 6.000 euros debe saber que la Agencia Tributaria y el Banco de España disponen de toda la información acerca de dicha transacción.

Es importante mencionar que, si hay algún movimiento sospechoso de más para Hacienda, pueden llegar a solicitarte información y pruebas de los movimientos realizados.

Cabe recordar que el pasado mayo de este año, técnicos de la Agencia Tributaria se presentaron en un enlace matrimonial para solicitar información de transacciones realizadas a los novios así como les solicitaron tanto los ingresos como los pagos efectuados.

Si eres particular o empresa y quieres un mayor asesoramiento fiscal acerca de cómo debes realizar todos los ingresos y gastos de la mejor manera, desde MATION podemos ayudarte, somos tu asesoría fiscal de Alicante de confianza, llámanos.

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Asesoría

De acuerdo a la reciente información obtenida, la Agencia Tributaria va a anunciar nuevamente una nueva prorrogará de los límites máximos de facturación para todos aquellos autónomos que facturen por los regímenes de módulos, esta nueva prórroga es una medida ya adoptada previamente por la Agencia Tributaria, siendo el cuarto año que se prorroga.

Reforma fiscal

Con la reforma fiscal de 2015, el Gobierno pretendía endurecer el régimen de módulos mediante una reducción de los límites de facturación al considerarse un foco importante de fraude fiscal, actualmente los límites máximos de facturación para poder estar en módulos se sitúan en 250.000€.

Mediante la reforma fiscal, se pretendía que en 2016 los límites máximos de facturación se fijaran hasta los 150.000€, ante la inestabilidad política, los límites todavía no se han visto reducidos y serán un año más de 250.000€. Desde MATION os recomendamos que contéis con una asesoría fiscal de confianza para la gestión de vuestros módulos.

La medida adoptada por Hacienda afecta a cerca de 400.000 trabajadores que actualmente está registrados como dados de alta por cuenta propia en régimen de módulos.

El sistema de módulos estaba en sus inicios pensado para facilitar la tributación a todos aquellos pequeños comercios como peluquerías, cafeterías…

La tributación es estimada en función de unos parámetros previamente fijados por la Agencia Tributaria como son: el consumo de luz, superficie del local, número de mesas y sillas, etc… y no en función de sus ingresos y gastos.

Objetivo Agencia Tributaria

El objetivo final de la Agencia tributaria es en un futuro suprimir el régimen de módulos al considerar que no ha cumplido con su principal objetivo de facilitar la tributación y usarse más como una medida de fraude fiscal.

Como prueba de ello, la Agencia Tributaria sacó a la luz los datos obtenidos por la tributación de los contribuyentes acogidos a los regímenes de módulos situándose en un tipo medio del 7.27%, estos datos contrastan con el tipo medio presentado por el conjunto de declarantes de un 18.14% o con el 20.33% media de los autónomos.

Con dichos datos de estimación de declaración y de facturación, la Agencia Tributaria ha emitido cartas misivas durante todo el año a miles de autónomos que presentaban ingresos por debajo de la media de su sector al sospechar de un posible fraude fiscal, con el fin de regularizar la situación de todos aquellos autónomos que están declarando de menos.

Para las asociaciones de autónomos, esta medida adoptada ha sentado muy mal por el poco tacto de la Agencia al estimar que toda facturación por debajo de la media tiene que ser por un fraude y no por problemas empresariales.

Si buscas una asesoría fiscal que te proporcione un asesoramiento de calidad, adaptado a tus necesidades, desde MATION podemos ayudarte a planificar tu carga tributaria. Somos tu asesoría fiscal de Alicante de confianza, llámanos y quedarás encantado.

 

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