Herencias y sucesiones

Renuncia a la herencia: definición y características

Puede que parezca improbable, pero hay algunos beneficiarios que prefieren no recibir activos heredados. Las razones varían: a menudo, el beneficiario desea que los activos, como un plan de jubilación heredado, se entreguen a otra persona. Otras veces, el beneficiario previsto no quiere que se le graven los activos. Si estás considerando renunciar a una herencia, debes comprender el efecto de su exención de responsabilidad y el procedimiento que debe seguir para asegurarte de que esa exención de responsabilidad se considere calificada según las leyes vigentes. Por eso, en este artículo de MATION queremos aclararte las dudas más comunes.

En qué consiste la renuncia a la herencia


Renunciar a una herencia siempre implica repudiar el contenido hereditario, y se trata de un acto que debe ser voluntario y una decisión tomada libremente. Al aceptar una herencia nos hacemos cargo de los activos patrimoniales que nos hayan sido cedidos; pero también nos haríamos cargo de las deudas que hayan podido ser contraídas en su vida por parte de la persona que nos lega. Por esta razón es siempre muy importante conocer al detalle el caudal hereditario del que nos hacemos cargo.

Si las deudas fueran mayores que los activos legados, el heredero podría verse en la tesitura de utilizar sus activos propios para responder. Cuando se está en riesgo de que las deudas acarreadas sean mayores que los beneficios obtenibles, puede ser preferible rechazar la herencia. Esto se contempla como un repudio de herencia y debe hacerse de modo expreso ante notario.

Por qué renunciar a una herencia

El motivo anteriormente explicado de las deudas suele ser el que mayoritariamente causa la renuncia a una herencia, pero no es el único posible. Es también posible renunciar debido a que se quiere beneficiar a alguien de la familia que lo necesite. Por ejemplo, un hermano puede repudiar la herencia, de modo que otro pueda beneficiarse de la totalidad, o de mayor parte, resolviendo así una situación económica complicada. 

Además, puede darse el caso de que los herederos no puedan afrontar el pago de los impuestos que conlleva aceptar la herencia, como es el caso del Impuesto sobre Herencias y Donaciones o el asociado a la ganancia de capital municipal o Impuesto Municipal de Aumento del Valor del Suelo Urbano. 

Otro caso que puede darse consiste en que aceptar la herencia implique una serie de gastos ineludibles y relacionados con los activos en herencia. Esto suele ocurrir cuando se heredan casas en ruinas, inmuebles en estado de abandono o terrenos improductivos. 

Cómo renunciar a una herencia


Rechazar una herencia implica que el beneficiario declare expresamente su voluntad de no ser heredero, indicando que no asumirá los activos hereditarios que pudieran corresponderle.

Según se señala en el Código Civil, este rechazo de la herencia deberá realizarse mediante la correspondiente escritura pública ante un notario o, si existiese una disputa o no hubiera testamento, deberá hacerse mediante un documento presentado a tal efecto ante la autoridad competente, como el juez que conozca el procedimiento que ataña a la división del patrimonio. No resulta posible renunciar a una herencia mediante ningún tipo de documento privado.

Por qué y cómo hacer una renuncia a la herencia



Como procedimiento general, en el caso de sucesiones legítimas, la parte de la herencia que correspondería a aquella persona que la ha repudiado expresamente se distribuiría entre los restantes herederos, que tendrían así el derecho a aumentar sus partes respectivas. Esta parte, a la que habría renunciado uno de los herederos, sería distribuida de modo proporcional entre los que hubieran aceptado la herencia. Esta es una situación que puede darse en sucesiones sucesorias y testamentarias.

Si se diera el caso de que todos los herederos que están situados en la primera línea de sucesión renunciaran, entonces, según lo establecido en la ley para la sucesión intestada, concurrirían las siguientes sucesivas líneas de herederos.

Plazo para renunciar a una herencia

No existe, como tal, un plazo definido para aceptar o repudiar una herencia mientras no se dé el caso de que prescriba la acción para reclamarla. Sí que se marca en la legislación, en los artículos 1004 y 1005 del Código Civil, una serie de plazos para iniciar la renuncia. Según esto no podrá ejercerse una renuncia de herencia hasta pasados 9 días desde el fallecimiento de la persona de cuya herencia se está tratando. En casos con interesados externos en que alguien se haga cargo de la herencia, podrá ser un juez quien fijaría un plazo para su aceptación, que se marcará en 30 días.

  • Artículo 1004 Código Civil
«Hasta pasados nueve días después de la muerte de aquel de cuya herencia se trate, no podrá intentarse acción contra el heredero para que acepte o repudie.»

  • Artículo 1005 Código Civil
«Cualquier interesado que acredite su interés en que el heredero acepte o repudie la herencia podrá acudir al Notario para que éste comunique al llamado que tiene un plazo de treinta días naturales para aceptar pura o simplemente, o a beneficio de inventario, o repudiar la herencia. El Notario le indicará, además, que si no manifestare su voluntad en dicho plazo se entenderá aceptada la herencia pura y simplemente.»

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