Your address will show here +12 34 56 78
Asesoría Bienes en Extranjero, Asesoría fiscal, Novedades fiscales, Residencia fiscal

Con motivo del reciente pronunciamiento de la Dirección General de Tributos (DGT), en CV V2334-24, de 11 de noviembre, en un supuesto en el que la consultante, residente en España, que trabaja por cuenta ajena para una empresa con sede en España, y que se plantea mudarse en el primer trimestre del año a vivir a Portugal y realizar su trabajo de forma remota desde allí, acudiendo a la oficina de la empresa en España algunas veces al año para reuniones presenciales.

A continuación, pasamos a explicar cómo entiende la Administración que debe tributar esta trabajadora y en base a qué criterios:

1. En primer lugar, es necesario determinar la residencia fiscal del contribuyente, en base a la normativa interna de cada estado. De este modo, en nuestra normativa, la residencia fiscal de las personas físicas se determina en virtud de los siguientes criterios:

  • Permanencia en España durante más de 183 días al año.

  • Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos.

  • Se presume que el contribuyente tiene residencia habitual en España cuando resida habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente e hijos menores de edad que dependan de él.

2. No obstante lo anterior, podría suceder que el contribuyente fuese residente fiscal en España conforme a los criterios anteriores, y al mismo tiempo, acreditase su residencia fiscal en Portugal conforme al Convenio. En ese caso, estaríamos ante un supuesto de doble residencia que habría que solucionar aplicando las llamadas “reglas de desempate” del Convenio que son:

  • Lugar donde tenga una vivienda permanente a su disposición

  • Lugar en el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales)

  • Lugar donde desarrolle su vida habitualmente

  • Nacionalidad

3. Por último, si conforme a los criterios anteriores no se resolviese el conflicto, tendría que acudirse al procedimiento amistoso.

asesoramiento en la residencia fiscal teletrabajo

Una vez determinada la residencia, entraríamos a valorar la tributación en función de la residencia:

A. Si se determina que la trabajadora es residente en PORTUGAL, tributará en Portugal por su renta mundial y en España por la renta obtenida en territorio español.

> Las rentas del trabajo derivadas de realizar teletrabajo desde un domicilio privado en Portugal para una empresa española solamente tributarán en Portugal al ser la consultante considerada residente fiscal en Portugal y ejercer el empleo en dicho Estado. No existe obligación de retener por la parte del salario correspondiente al trabajo realizado desde Portugal (teletrabajo).

> De forma presencial cuando se desplaza a las oficinas de la empresa para asistir a reuniones. La tributación de las rentas percibidas por este concepto será compartida entre Portugal (estado de residencia) y España (estado donde se ejerce el trabajo), debiéndose eliminar la doble imposición en Portugal. España puede someter a imposición por el IRNR los rendimientos que satisfaga la empresa española correspondientes al trabajo realizado en España. La empresa debe retener a cuenta del IRNR.

B. Si se determina que la trabajadora es residente fiscal en España, entonces deberá tributar en España sujeta al IRPF por su renta mundial, con independencia de donde se produzcan las rentas y donde se encuentre el pagador. No obstante, Portugal puede gravar los rendimientos obtenidos en dicho Estado, es decir, los obtenidos en la modalidad de teletrabajo.

0

Asesoría fiscal, Declaración de Renta

Comienza la campaña de la declaración de la renta de 2024 y desde Mation queremos ofrecerte una guía para que conozcas las posibles reducciones y deducciones aplicables, así como los plazos y fechas clave para que no se te escape nada a la hora de realizar tu renta.

Antes de comenzar la declaración de la renta

Es importante estar preparados antes de comenzar el proceso de tramitación de nuestra renta para no llevarnos ninguna sorpresa por lo que debemos revisar cada transacción y evento personal que se haya producido durante el año fiscal ya que puede tener un impacto en la declaración de IRPF y ser conscientes de los plazos y fechas clave a tener en cuenta.

Plazos y fechas clave de la Campaña de la Renta 2024

  • Obtención del número de referencia: a partir del 12 de marzo de 2025

  • Obtención de los datos fiscales: a partir del 19 de marzo de 2025

  • Inicio del plazo de presentación: 2 de abril de 2025

Calendario fechas clave Renta 2024
  • Finalización del plazo de presentación: 30 de junio de 2025

  • Fecha límite para la domiciliación bancaria: 25 de junio de 2025. Esto significa que, si deseas que la Agencia Tributaria realice el cobro de tu deuda por domiciliación, deberás haber presentado la declaración antes de esta fecha.

Reducciones

Las reducciones permiten minorar la base imponible sobre la que se realiza el cálculo de la cuota.

Reducciones por rendimientos del trabajo

La reducción por obtención de rendimientos del trabajo se incrementa en hasta 7.302 euros anuales para contribuyentes con ingresos netos inferiores a 19.747,50 euros.

Aportaciones a planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones permiten reducir la base imponible, con un límite máximo de 1.500 euros anuales.

Rescate de planes de pensiones

La normativa permite aplicar una reducción del 40% a los rescates realizados en forma de capital de diferentes planes de pensiones.

Rendimientos del capital inmobiliario

Los contribuyentes que hayan generado ingresos por arrendamientos deben ser conscientes de los gastos deducibles, que incluyen intereses, gastos de financiación, reparaciones, y demás costes relacionados con la propiedad.

La reducción general en el impuesto siempre que el destino sea de vivienda habitual para el arrendatario es del 50%. Sin embargo, existen porcentajes incrementados en ciertos casos:

  • Un 90% de reducción si se formaliza un nuevo contrato de arrendamiento en zonas de mercado residencial tensionado, con una disminución de al menos un 5% en la renta respecto al contrato anterior.

  • Un 70% cuando se alquilen viviendas a jóvenes de 18 a 35 años en estas zonas, o cuando se trate de vivienda asequible arrendada a administraciones públicas o entidades sin fines de lucro.

  • Un 60% si la vivienda ha sido rehabilitada en los dos años anteriores al contrato.

Deducciones

Las deducciones son beneficios fiscales que se descuentan de la cuota íntegra resultante tras aplicar el tipo impositivo.

Deducción por maternidad

Las madres trabajadoras tienen la opción de beneficiarse de una deducción por maternidad de hasta 1.200 euros anuales. Este beneficio se puede solicitar de manera anticipada.

Deducción por gastos de guarderías y educación infantil

Si tienes hijos en guarderías o en el sistema educativo, puedes beneficiarte de deducciones por los gastos realizados. Esto puede incluir gastos en libros de texto, uniformes, y actividades educativas.

Deducciones por familia numerosa

Se establece una deducción de 1.200 euros para familias numerosas de categoría general y de 2.400 euros para aquellas de categoría especial, con incrementos por cada hijo adicional que resida en el hogar.

Deducción por ascendiente separado legalmente

Los progenitores separados legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos podrán practicarse una deducción de 1.200 €.

Deducción por alquiler de vivienda habitual

Aunque la deducción por alquiler de vivienda habitual fue eliminada en 2015, aquellos que firmaron su contrato antes de esta fecha pueden seguir beneficiándose.

Deducciones Irpf por vivienda habitual

Además, algunas comunidades autónomas tienen establecidas deducciones adicionales por este concepto.

Deducción por inversión en vivienda habitual

La deducción por inversión en vivienda habitual fue eliminada el 1 de enero de 2013, pero los contribuyentes que adquirieron su vivienda habitual antes del 31 de diciembre de 2012 y que ya aplicaban esta deducción pueden seguir haciéndolo.

En caso de divorcio, aquellos que paguen cuotas del préstamo hipotecario de una vivienda adquirida conjuntamente pueden aplicar la deducción por el total de los pagos realizados, aunque solo sean propietarios del 50% de la vivienda, siempre que continúe siendo la vivienda habitual para ellos o para los hijos.

Adicionalmente, algunas comunidades autónomas también tienen deducciones por este concepto cumpliendo algunos requisitos como por ejemplo, ser menor de 35 años.

Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética

Si has realizado obras en tu vivienda para mejorar su eficiencia energética, podrás aplicar deducciones del 20% al 40% de los gastos invertidos, siempre que acredites la mejora en la eficiencia.

Deducción por donativos

Realizar donaciones a entidades benéficas o asociaciones de utilidad pública permite deducir el 80% de los primeros 250 euros donados y el 40% del resto.

Deducción por aportaciones a partidos políticos

El 20% de las cuotas de afiliación a partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores, siendo la base máxima de deducción de 600 euros anuales.

Deducción por inversión en empresas de nueva creación

Al invertir en startups o empresas de reciente creación, puedes beneficiarte de una deducción del 50% sobre las cantidades que aportes, con un límite de 100.000 euros anuales. Este incentivo fomenta la inversión en innovación y activo empresarial.

Deducciones por movilidad geográfica

Aceptar un puesto de trabajo que exige un traslado geográfico, puede deducir costos adicionales por hasta 2.000 euros relacionados con la mudanza.

Deducción por adquisición de vehículos eléctricos e instalación de infraestructuras de carga

Los contribuyentes que adquieran un vehículo eléctrico «enchufable» o de pila de combustible pueden deducir el 15% del valor de adquisición.

Además, también se puede deducir el 15% de las inversiones en infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.

Deducciones para paliar los efectos de la Dana en la Comunidad Valenciana

Deducción por daños en vivienda

El 100% de los gastos de reparación por daños no cubiertos por el seguro, con un límite de 2,000 euros.

Deducción por aportaciones a empresas

El 45% de las inversiones en la constitución o ampliación de capital de empresas ubicadas en la zona afectada, siempre que mantengan la actividad y empleo durante tres años.

Una adecuada planificación y correcta aplicación de estas deducciones, puede llegar a significar un impacto positivo en tu situación fiscal y financiera, para ello es crucial conocer cuáles de estas reducciones y deducciones se aplican a tu situación y asesorarte con profesionales especializados en la materia para asegurarte de maximizar tus beneficios y actuar de acuerdo con la normativa vigente.

0

Actas y Libros de Socios, Asesoría fiscal, Asesoría Mercantil

La legalización de libros ocurre desde el cierre de la sociedad hasta los 4 meses siguientes, si tu sociedad realiza el cierre a 31/12, entonces tu plazo de legalización de libros es el 30/04 del año siguiente. En el blog del año pasado pudimos ver qué libros son de obligatoria legalización, quién debe presentarlos y los plazos que hay para ello.

En este blog, hablaremos sobre la importancia de legalizar en plazo los libros de actas y de socios respectivamente.

La razón principal por la que se deben legalizar las actas en plazo es para cumplir con la Ley y asegurarnos de que nuestra empresa está al día con las obligaciones mercantiles.

En las actas se plasma todas las decisiones tomadas y aprobadas en las juntas de socios, como ampliaciones de capital o cambios estatutarios, es importante tener legalizadas estas actas en sus respectivos ejercicios de devengo ya que, si un año olvidamos legalizar un acta, esta no se podrá legalizar en el ejercicio siguiente, si no que habrá que presentar en el registro de nuevo la legalización de dicho ejercicio.

En los libros de socios se reflejan los socios vigentes con su porcentaje y número de participaciones en la empresa al final del ejercicio. Si en un ejercicio, la estructura societaria no ha sufrido cambio alguno, no será necesario legalizar este libro. Es importante recordar que aquí pasa igual que con las actas, incluso es más importante, ya que, en este caso, si no se legaliza el libro de socios por primera vez en el primer año de vida de la sociedad, las modificaciones posteriores no podrán legalizarse hasta que la inicial se haya legalizado.

asesoría para la legalización de actas y libros de socios

Es decir, si una sociedad se constituye en 2024 y en 2026 sufre cambios societarios, no se podrá legalizar el libro de socios de 2026 a no ser que este legalizado el de 2024. Si no lo estuviera, habría que regularizar los libros de 2024 parar incluir el libro de socios.

Sin embargo, con la llegada de Verifactu este julio de 2025, la legalización del libros podrá quedar casi obsoleta, ya que este nuevo sistema todas las facturas en tiempo real a la Agencia Tributaria evitando así posibles fraudes fiscales y manipulación de los registros contables.

Si necesitas ayuda para confeccionar o regularizar la legalización de libros de tu sociedad o sociedades, contacta con MATION y nosotros te ayudamos!

0

Asesoría Bienes en Extranjero, Asesoría fiscal, Novedades fiscales

El próximo día 31 de marzo de 2025 finaliza el plazo para la presentación de los modelos 720 y 721 correspondientes al ejercicio 2024, de modo que conviene hacer un breve recordatorio sobre qué hay que declarar y quienes están obligados a presentarlo.

¿Quiénes están obligados a declarar?

Las personas físicas y entidades residentes en territorio español, incluidos los residentes en los territorios forales (País Vasco y Navarra) que sean titulares (también reales) de determinados bienes y derechos situados en el extranjero.

Asimismo, están obligadas determinadas personas físicas que, a pesar de tener su residencia habitual en el extranjero, son contribuyentes del IRPF, como son los miembros de misiones diplomáticas u oficinas consulares españolas en el extranjero, entre otros.

Por contra, no están obligados los residentes en España acogidos al régimen especial de trabajadores desplazados (art. 93 de la LIRPF), no siendo trasladable esta excepción al resto de miembros de la unidad familiar.

Otros sujetos obligados a la presentación son las herencias yacentes y los herederos o legatarios desde que exista aceptación de la herencia.

¿Qué bienes hay que declarar?

Existe obligación de informar a la Administración Tributaria sobre determinados bienes y derechos que se posean en el extranjero y cuyo valor en conjunto supere 50.000 euros, con independencia del número de titulares. Estos bienes son:

1. Cuentas corrientes de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de crédito y cualesquiera otras cuentas o depósitos dinerarios, con independencia de la modalidad o denominación que adopten, aunque no exista retribución, en entidades financieras situadas en el extranjero.

2. Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.

3. Bienes inmuebles y derechos sobre los mismos situados en el extranjero.

información de bienes inmuebles y derechos sobre bienes en extranjero

4. Como novedad, desde el año 2024 es obligatorio realizar la declaración informativa de criptomonedas situadas en el extranjero a través del modelo 721.

Una vez presentada la declaración respecto de una o varias de las obligaciones de información referenciadas, solamente deberá volver a presentarse este modelo, cuando en relación con una o varias de estas obligaciones se produzca un incremento del límite conjunto establecido para cada bloque de información superior a 20.000 euros respecto del que determinó la presentación de la última declaración.

0

Asesoría laboral, Novedades asesoría laboral, Novedades fiscales

El Gobierno de España ha aprobado recientemente una nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2025. Esta medida, que entró en vigor el 1 de enero, establece el SMI en 1.184 euros mensuales en 14 pagas, lo que representa un incremento de 50 euros al mes y 700 euros al año respecto al SMI de 2024.

¿Qué es el SMI?

El Salario Mínimo Interprofesional es la remuneración mínima que deben recibir los trabajadores por una jornada laboral completa, sin distinción de género o edad. Este salario se revisa anualmente y puede ajustarse semestralmente si las previsiones sobre el Índice de Precios al Consumo (IPC) no se cumplen.

Detalles de la subida

El nuevo SMI se desglosa de la siguiente manera:

  • Diario: 39,47 euros.

  • Mensual en 14 pagas: 1.184 euros.

  • Mensual en 12 pagas: 1.381,33 euros.

  • Anual: 16.576 euros.

  • Para eventuales y temporeros: 56,08 euros por jornada legal en la actividad.

  • Empleados de hogar: 9,26 euros por hora efectivamente trabajada.

Real Decreto y fecha de publicación

La subida del SMI para 2025 se formalizó mediante el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, y se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de febrero de 2025.

Impacto de la medida

La subida del SMI beneficia directamente a unos 2,4 millones de trabajadores en España, de los cuales el 65,8% son mujeres. Además, el 26,8% de los beneficiarios tienen entre 16 y 24 años. Por sectores, el 31% pertenece al sector agrícola, el 14,3% a los servicios, el 5,9% a la industria y el 3,4% a la construcción.

Actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025

Evolución del SMI

Desde 2018 hasta 2025, el SMI ha experimentado un incremento del 61%, mientras que la inflación ha subido un 23%, lo que implica una ganancia del 38% en poder adquisitivo para los trabajadores. Este aumento ha sido posible gracias a la colaboración entre el Gobierno, los sindicatos y los agentes sociales, quienes han trabajado juntos para garantizar una remuneración justa y equitativa para todos los trabajadores.

Conclusión

La actualización del SMI para 2025 es una medida significativa que busca mejorar las condiciones de vida de millones de trabajadores en España. Este incremento no solo refleja el compromiso del Gobierno con la justicia social, sino que también contribuye a reducir la desigualdad y a fomentar una economía más inclusiva y sostenible.

0

Asesoría Financiera, Asesoría fiscal

El modelo 347 es un modelo anual informativo que pertenece al grupo 3 de IVA.

Este modelo se presenta en el mes de febrero del ejercicio posterior al ejercicio de devengo.

En este modelo se informan todas las operaciones con proveedores y clientes que hayan superado, en cómputo anual, los 3.005,06€

Pero, a la hora de cumplimentarlo, hay varias cosas que debemos tener en cuenta y que suelen ser duda de muchos clientes, explicamos brevemente cada una.

Factura de profesional con retención ¿Se ha de declarar?

En este modelo se declara todo lo que en otros modelos no, por lo tanto, un profesional que te ha facturado con retención, no se declara en el modelo 347, ya que tanto la base como la retención de esa factura ha sido informada en el modelo 111 y posteriormente en su modelo anual, el modelo 190.

De la misma manera, no se declaran proveedores y/o clientes intracomunitarios, ya que estos se declaran trimestralmente con el modelo 349 de operaciones intracomunitarias.

NO cuadran las compras a proveedores con el listado que ellos me facilitan.

Que las cantidades de las compras a proveedores cuadren está genial. Sin embargo, esto no es necesario. El tiempo que tenemos para deducirnos una factura recibida son 4 años según la Ley del IVA, por lo tanto, si una factura recibida se traspapela, se olvida o se pierde, no afectará al modelo 347. Si posteriormente encontramos dicha factura, podremos incluirla en el ejercicio en curso siempre que no hayan transcurrido estos 4 años.

Asesoría fiscal en Alicante: el modelo 347

No obstante, las ventas siempre deberán coincidir con el registro interno y las facturas que la empresa haya emitido.

¿Declaro por la base imponible o por el total?

En el modelo 347 siempre se declararán el total de los importes totales, es decir, Base Imponible + IVA. En ningún caso se incluirán los suplidos o gastos reembolsables.

Esperamos que te haya servido de ayuda estas tres cuestiones que siempre se repiten en el momento de la presentación de este modelo informativo.

Si debes presentar el modelo 347 y necesitas ayuda con ello, ¡no dudes en contactar con MATION!

0

Asesoría, Asesoría Financiera, Asesoría fiscal

En el universo de las asesorías y gestorías, existe un grupo de héroes que, aunque no llevan capa, son esenciales para el funcionamiento y éxito de la empresa. Estamos hablando, por supuesto, del Departamento de Administración. Aunque su trabajo a menudo pasa desapercibido, son los guardianes del orden y los protectores del caos.

Aunque puede parecer un poco aburrido, es más emocionante de lo que piensas.

Sí, ya sé lo que estás pensando: «¿Administración? ¿No es eso solo papeles y números?» ¡Sorpresa! Es mucho más. Así que, ponte cómodo y prepárate para descubrirlo.

  1. Organización y Coordinación:

El Departamento de Administración es como el pegamento que mantiene todo unido. Se encargan de la coordinación de tareas, la gestión de citas, la organización de documentos y, básicamente, asegurarse de que todo funcione. Sin ellos, la oficina se convertiría en un mar de papeles y post-its voladores.

  1. Control Financiero:

A nadie le gusta lidiar con números, excepto a los magos de la administración. Se encargan de la contabilidad, la elaboración de presupuestos y el control de gastos. Gracias a ellos, la empresa sabe exactamente en qué se está gastando cada céntimo y pueden evitar un desastre financiero gracias a su planificación.

Control financiero Asesorías Dpto Administración
  1. Atención al Cliente:

Los administradores son los primeros en responder a las consultas de los clientes, resolver problemas y asegurarse de que todos se sientan atendidos y valorados. Son los campeones de la atención al cliente.

  1. Logística y Mantenimiento:

Desde asegurarse de que no falte papel en la impresora hasta gestionar la compra de material de oficina, el equipo de administración tiene ojos y oídos en todas partes. Son los que garantizan que todo esté en perfecto estado para que los demás puedan trabajar sin preocupaciones.

Y por si no fuera poco… En medio de todas las cifras y documentos, el departamento de administración sabe cómo mantener el ambiente ligero. Ellos son los que convierten las reuniones de trabajo en sesiones de risas, recordándonos que, aunque el trabajo es importante, ¡También hay que disfrutarlo!

Así que la próxima vez que pienses en el departamento de administración, recuerda que son los verdaderos héroes de la asesoría. Sin su ayuda, organización y metodología de trabajo nada podría estar sólido. Así que, ¡brindemos por ellos! Porque, aunque no siempre estén en el centro de atención, su trabajo es fundamental para que todo funcione.

Un último consejo: Si alguna vez ves a un miembro del departamento de administración con una mirada de pánico y rodeado de montañas de papeles, ¡ofrécele un café! Te lo agradecerá eternamente.

El Departamento de Administración en las Empresas
0

Asesoría fiscal, IVA Impuesto Valor Añadido

La prorrata en el ámbito del IVA es un mecanismo que permite a los contribuyentes deducir el IVA soportado en sus compras y gastos cuando realizan tanto actividades que generan derecho a deducción como actividades que no lo generan.

El cálculo de la prorrata se realiza dividiendo el importe de las operaciones que generan derecho a deducción entre el importe total de todas las operaciones realizadas.

Existen dos tipos de prorrata: general y especial.

  • La prorrata general, se aplica automáticamente a menos que se opte por la prorrata especial, que permite un tratamiento más detallado y específico de los gastos.

El cálculo de la prorrata general se hace sumando los ingresos de las actividades que dan derecho a deducción y dividiéndolos entre todos los ingresos, incluidos los de actividades no deducibles. El porcentaje obtenido se aplica al IVA soportado para determinar cuánto se puede deducir. Al inicio de una actividad, se utiliza un porcentaje provisional, que luego se ajusta al final del ejercicio.

  • La prorrata especial permite asignar los gastos directamente a cada actividad, y en caso de gastos comunes, se utiliza el porcentaje calculado con la prorrata general.

Esta modalidad se puede aplicar voluntariamente o de manera obligatoria si el IVA deducible por prorrata general supera en más de un 10% al deducible por prorrata especial. El cálculo de la prorrata especial sigue un proceso similar al de la general.

La regularización del porcentaje de prorrata se realiza en la declaración del cuarto trimestre, donde se ajusta el porcentaje provisional utilizado durante el año, asegurando que la deducción del IVA sea proporcional a las actividades que generan derecho a deducción.

Prorrata y operaciones sectores diferenciados

En algunos casos, las operaciones no deben ser incluidas en el cálculo de la prorrata, como las operaciones exentas de IVA, las que no están sujetas a IVA y las operaciones inmobiliarias o financieras no habituales. Este ajuste asegura que solo se contabilicen las actividades que reflejan la actividad económica habitual del contribuyente.

En cuanto a los sectores diferenciados, se trata de situaciones en las que un contribuyente realiza varias actividades económicas con diferentes derechos a deducción. Se considera que existen sectores diferenciados cuando las actividades pertenecen a diferentes grupos de CNAE y tienen una diferencia superior a 50 puntos porcentuales en sus porcentajes de deducción. Estas distinciones son importantes para aplicar correctamente la deducción del IVA en cada actividad.

Por ejemplo:

En un caso práctico de una sociedad que realiza tanto construcción de edificios como arrendamiento de inmuebles, se distingue entre el sector principal (construcción) y el sector secundario (arrendamiento), aplicando distintos porcentajes de deducción según el tipo de actividad.

En resumen, la prorrata es una herramienta esencial para gestionar el IVA en actividades mixtas, asegurando que el contribuyente pueda deducir de manera proporcional el IVA soportado en función de las actividades realizadas, con una regulación específica para cada tipo de actividad y modalidad de prorrata.

0

Asesoría fiscal, Novedades fiscales, Régimen Especial Bienes Usados

El Régimen Especial de Bienes Usados (REBU) es un régimen impositivo especial de IVA que aplica en España sobre los bienes de segunda mano, antigüedades, objetos de arte y de colección.

Las personas que pueden aplicar este régimen son:

Personas jurídicas o profesionales cuya actividad sea la reventa de bienes usados y cualquiera de los arriba mencionados, siempre que estos bienes sean comprados a:

  • Particulares
  • Otros operadores que estén acogidos al REBU.
  • Personas jurídicas o profesionales que no se hayan podido deducir el IVA de esos bienes.

¿Cómo funciona el REBU?

El REBU funciona por márgenes de venta, esto quiere decir, se tributará al tipo impositivo correspondiente solamente la ganancia obtenida por la reventa de este bien usado, también llamado margen bruto.

MARGEN BRUTO: Precio de venta – Precio de compra

Si el margen bruto de la operación resultase negativo, no se declara IVA.

En cuanto a la facturación, en los documentos de venta se deberá hacer referencia al acogimiento a este régimen.

¿Quién está excluido de REBU?

A este régimen no aplicaran:

  • Empresarios o profesionales que repercutieron IVA en la venta.
  • Bienes que fueron importados directamente por el revendedor.
  • Bienes que fueron adquiridos para el uso propio de la empresa, no para vender.

Régimen Especial Bienes Usados - Coche de segunda mano

Ejemplo práctico:

Una empresa compra a un particular un coche de segunda mano por 1.000 euros y lo vende por 1.500 euros.

Margen bruto: 1.500 – 1.000 = 500
IVA sobre el margen: 500 * 0,21 = 105

Por lo tanto, en la factura se declarará el ingreso por 1.500 (precio de venta) y el IVA sobre 500 (margen bruto).

Si te acoges a este Régimen o crees que podrías estarlo y necesitas ayuda para gestionarlo, no dudes en contactar con MATION.

0

Asesoría, Asesoría fiscal, Declaración de Renta, Novedades fiscales

La Ley de IRPF, en su disposición transitoria decimoctava, desarrolla la deducción por inversión en vivienda habitual en IRPF, para poder optar por su aplicación se deben cumplir dos requisitos:

  • Haber adquirido la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013

  • Haber practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2013 (2012 o años anteriores) salvo que no la hayas podido aplicar todavía porque el importe invertido en la misma no haya superado el importe exento por reinversión o las bases efectivas de deducción de viviendas anteriores.

El TEAC unifica criterio a la posible aplicación de la deducción por inversión en vivienda habitual en los años o períodos posteriores al 2012 por parte de contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual antes del 01/01/2013 y que no hubieran practicado ni consignado tal deducción en ninguno de los años o períodos anteriores al 2013 desde que la adquirieron, es decir, contribuyentes que no hubiesen cumplido el segundo de los requisitos anteriormente mencionados.

Declaración Renta 2024 deducción vivienda habitual

Siendo el criterio que se fija el siguiente:

  • Que podrán aplicarla, aquéllos que no hubieran practicado ni consignado la deducción antes de 2013 porque no hubieran presentado declaración por no resultar obligado a ello por razón de las rentas obtenidas.

  • Que podrán aplicarla, aquéllos que no hubieran practicado ni consignado la deducción antes de 2013 porque estando obligados a presentar declaración por razón de las rentas y habiéndola presentado, no hubieran tenido en ninguno de tales períodos cuota íntegra para poder aplicarla.

Por ello, si se encuentra en alguna de estas dos situaciones que le otorgan el derecho a beneficiarse de la deducción, póngase en contacto con nosotros. Desde MATION nos encargaremos de aplicar el incentivo en su IRPF y rectificar sus declaraciones de IRPF correspondientes a los años que aún no hayan prescrito con objeto de solicitar la devolución de las cantidades ingresadas indebidamente.

0

POSTS ANTERIORESPágina 1 de 2NO HAY POSTS NUEVOS
Mation Ir al contenido