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Las prestaciones públicas por maternidad que abona la Seguridad Social serán a partir de ahora, exentas de pagar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), así lo declara el Tribunal Supremo en su último comunicado.
La prestación por maternidad está, por tanto, de ahora en adelante exenta de tributar en el IRPF. Aquellos que fueron padres y madres desde el año 2014 y cobraron pensiones por maternidad, podrán reclamar la devolución de las cantidades que incluyeron como prestación por maternidad en sus declaraciones de la Renta de los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017.

¿Quién puede reclamar la prestación por maternidad?

La prestación por maternidad puede reclamarse por aquellos contribuyentes que hayan sido madre o padre desde el año 2014, y que incluyeron esta prestación en sus declaraciones de la Renta en los ejercicios 2014, 2015, 2016 y 2017. Por tanto, aquellos padres que cobraron la prestación cedida por la madre también podrán reclamarla.

El derecho de los contribuyentes a solicitar la modificación de la declaración de la renta prescribe a los 4 años. A continuación, exponemos los distintos escenarios que se pueden dar a la hora de reclamar la devolución de la prestación por maternidad.

¿Y si fui madre o padre antes del año 2014?

Es importante recordar lo que hemos mencionado anteriormente: el derecho a reclamar prescribe a los 4 años. Las personas que recibieron la prestación con anterioridad a 2014 no podrán optar a esta devolución. Sin embargo, aquellas personas que estén en trámite judicial abierto o de reclamación para recuperar estas cantidades (aunque sean anteriores al año 2014) también podrán verse beneficiadas.
Por otra parte, aquellas madres que en su momento no presentaron la declaración por no encontrarse obligadas ahora pueden hacerlo si les sale a devolver. No podrán pedir la devolución aquellos contribuyentes que tengan liquidaciones firmes.

¿Cuánto se puede recuperar?

La prestación media por maternidad ha ascendido en los últimos años a una media de 5.653 euros. Teniendo en cuenta que el tipo de retención media es del 15%, el monto abonado a la Agencia Tributaria por esta asignación ascendería aproximadamente a unos 848 euros.
La organización de consumidores OCU eleva este cálculo hasta una horquilla de 1.000 a 2.600 euros, en función del caso. Desde 2014 la han cobrado 1,21 millones de mujeres y solo 23.300 padres, con quienes se puede compartir.

¿Hay que ir a juicio?

No. A falta de conocer si Hacienda pondrá en marcha algún canal concreto para reclamar estas cantidades, o si el Gobierno trata de impulsar algún tipo de devolución generalizada. La forma más sencilla para recuperar lo ya pagado es solicitarlo directamente a la Agencia Tributaria. presentando una rectificación de la autoliquidación del IRPF.

¿Cuánto tarda en contestar la Agencia Tributaria?

El tiempo estimado para la respuesta por parte de la Agencia Tributaria es de seis meses para resolver todas las solicitudes por la exención de las prestaciones por maternidad.

En MATION podemos asesorarte y ayudarte con los trámites para realizar la rectificación de la autoliquidación del IRPF de los años que has recibido la prestación por maternidad.


Fuente de la imagen: www.pexels.com
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