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Asesoría laboral, Novedades asesoría laboral, Sanciones Disciplinarias

En el ámbito laboral, las empresas tienen diversas herramientas para gestionar sus facultades directivas relacionadas con la indisciplina de sus trabajadores. Estas medidas disciplinarias están reguladas por el Estatuto de los Trabajadores y otras normativas específicas, como los convenios colectivos de aplicación, que buscan garantizar un equilibrio entre los derechos de los empleados y las necesidades operativas de las empresas.

Amonestaciones

Las amonestaciones son una de las medidas disciplinarias más comunes y menos severas. Se utilizan para advertir a los trabajadores sobre comportamientos inapropiados o incumplimientos menores. Las amonestaciones pueden ser verbales o escritas, y su objetivo principal es corregir la conducta del empleado sin llegar a sanciones más graves.

Procedimiento:

  • Identificación del incumplimiento: La empresa debe identificar claramente el comportamiento que considera inapropiado.

  • Comunicación: Se debe comunicar al trabajador la amonestación, explicando las razones y las posibles consecuencias de continuar con dicho comportamiento.

  • Registro: En el caso de amonestaciones escritas, es recomendable mantener un registro para futuras decisiones relacionadas con dichas amonestaciones como, por ejemplo, un despido.

Suspensiones de Empleo y Sueldo

Las suspensiones de empleo y sueldo son medidas más severas que se aplican cuando los incumplimientos del trabajador son graves o reiterados. Esta sanción implica que el trabajador no podrá realizar sus funciones ni recibir su salario durante un período determinado.

Según la normativa, las suspensiones de empleo y sueldo deben estar justificadas y ser proporcionales a la falta cometida. Las distintas posibilidades se indican en el convenio colectivo de aplicación. Además, el trabajador tiene derecho a ser informado de los motivos de la suspensión y a presentar alegaciones.

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Procedimiento:

  • Investigación: La empresa debe realizar una investigación exhaustiva para conocer el hecho y determinar la gravedad del incumplimiento.

  • Notificación: Se debe notificar al trabajador por escrito, detallando las razones de la suspensión y el período de duración.

  • Derecho a defensa: El trabajador tiene derecho a presentar alegaciones y defenderse antes de que se ejecute la sanción.

  • Ejecución: Si tras las alegaciones se mantiene la decisión, se procede a la suspensión.

Conclusión

Las empresas tienen la capacidad de aplicar medidas disciplinarias como amonestaciones y suspensiones de empleo y sueldo para mantener el buen funcionamiento del flujo de trabajo. Sin embargo, estas medidas deben ser aplicadas de manera justa y proporcional, respetando los derechos de los trabajadores y siguiendo los procedimientos establecidos por la normativa vigente.

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Asesoría laboral, Novedades asesoría laboral

Tras la publicación del Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 9/2024, que introducía una serie de medidas urgentes y novedosas en materia de Seguridad Social y empleo. Este decreto fue derogado el 22 de enero de 2025 creando una inseguridad jurídica.

Posteriormente, se ha publicado el Real Decreto-ley 1/2025, que reemplaza al anterior y mantiene la mayoría de las medidas laborales.

A continuación, se detallan los puntos más relevantes.

  1. Actualización de las Bases de Cotización

Uno de los cambios más significativos es la actualización de las bases de cotización. Las bases mínimas experimentarán un incremento proporcional al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) más un sexto adicional. Por otro lado, las bases máximas se incrementarán en un 2,8%, alineándose con la revalorización de las pensiones, y se ajustarán según la disposición transitoria trigésimo octava de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). Este ajuste busca asegurar una mayor equidad y sostenibilidad en el sistema de cotizaciones.

  1. Cotización Adicional de Solidaridad

Desde el 1 de enero de 2025, se aplica una cotización adicional para retribuciones que excedan la base máxima de cotización, según el Artículo 19 bis de la LGSS. Esta cotización se estructura en tres tramos:

  • Tramo 1: 0,92% hasta 5.400,45 €.

  • Tramo 2: 1% hasta 7.364,25 €.

  • Tramo 3: 1,17% sobre el excedente.

Esta medida tiene como objetivo incrementar los ingresos del sistema de Seguridad Social, asegurando su sostenibilidad y capacidad para hacer frente a las futuras demandas de prestaciones.

  1. Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

En 2023, se implementó esta cotización adicional que nutrirá el Fondo de Reserva de la Seguridad Social durante 10 años, lo cual quiere decir que continuará subiendo hasta 2032.

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Desde el 1 de enero de 2025, se establece una cotización del 0,80%, distribuidos de la siguiente manera:

  • Seguridad Social a cargo de la empresa: 0,67%
  • Seguridad Social a cargo del trabajador: 0,13%.

Este mecanismo tiene como objetivo reforzar la sostenibilidad del sistema de pensiones a largo plazo, asegurando que las futuras generaciones puedan disfrutar de prestaciones adecuadas.

  1. Nuevo Régimen para Autónomos con Sistemas Intercooperativos

A partir del 1 de enero de 2025, los trabajadores autónomos que operen bajo sistemas intercooperativos de prestaciones sociales estarán exentos de la regularización anual de cuotas. En su lugar, cotizarán según la base mínima del tramo 1 de la tabla general. Esta medida pretende simplificar el proceso de cotización para estos trabajadores y proporcionarles una mayor estabilidad económica.

  1. Flexibilización en ERTEs y Mecanismo RED

Otra de las novedades importantes es la flexibilización en los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) y el Mecanismo RED. La obligación de mantenimiento del empleo en los ERTEs se amplía de un mínimo de 6 meses a un máximo de 2 años, dependiendo de la situación específica del sector. Además, se introduce una mayor flexibilidad en el Mecanismo RED para adaptarlo a sectores en transición y crisis, permitiendo una respuesta más ágil y efectiva a las necesidades del mercado laboral.

  1. Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

A la espera de la aprobación del nuevo salario mínimo interprofesional para este año 2025.

Esta medida busca asegurar la estabilidad salarial y el cumplimiento de los compromisos europeos en materia de empleo y protección social.

En resumen, se introducen cambios significativos en el ámbito de la Seguridad Social y el empleo, con el objetivo de adaptar el sistema a las nuevas realidades económicas y sociales. Estas medidas buscan garantizar la sostenibilidad del sistema, proteger a los trabajadores y proporcionar una mayor estabilidad económica a largo plazo.

Asesoramiento laboral a empresas
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