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Asesoría laboral, Novedades asesoría laboral, Novedades fiscales

El Gobierno de España ha aprobado recientemente una nueva subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para el año 2025. Esta medida, que entró en vigor el 1 de enero, establece el SMI en 1.184 euros mensuales en 14 pagas, lo que representa un incremento de 50 euros al mes y 700 euros al año respecto al SMI de 2024.

¿Qué es el SMI?

El Salario Mínimo Interprofesional es la remuneración mínima que deben recibir los trabajadores por una jornada laboral completa, sin distinción de género o edad. Este salario se revisa anualmente y puede ajustarse semestralmente si las previsiones sobre el Índice de Precios al Consumo (IPC) no se cumplen.

Detalles de la subida

El nuevo SMI se desglosa de la siguiente manera:

  • Diario: 39,47 euros.

  • Mensual en 14 pagas: 1.184 euros.

  • Mensual en 12 pagas: 1.381,33 euros.

  • Anual: 16.576 euros.

  • Para eventuales y temporeros: 56,08 euros por jornada legal en la actividad.

  • Empleados de hogar: 9,26 euros por hora efectivamente trabajada.

Real Decreto y fecha de publicación

La subida del SMI para 2025 se formalizó mediante el Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero, y se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de febrero de 2025.

Impacto de la medida

La subida del SMI beneficia directamente a unos 2,4 millones de trabajadores en España, de los cuales el 65,8% son mujeres. Además, el 26,8% de los beneficiarios tienen entre 16 y 24 años. Por sectores, el 31% pertenece al sector agrícola, el 14,3% a los servicios, el 5,9% a la industria y el 3,4% a la construcción.

Actualización del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2025

Evolución del SMI

Desde 2018 hasta 2025, el SMI ha experimentado un incremento del 61%, mientras que la inflación ha subido un 23%, lo que implica una ganancia del 38% en poder adquisitivo para los trabajadores. Este aumento ha sido posible gracias a la colaboración entre el Gobierno, los sindicatos y los agentes sociales, quienes han trabajado juntos para garantizar una remuneración justa y equitativa para todos los trabajadores.

Conclusión

La actualización del SMI para 2025 es una medida significativa que busca mejorar las condiciones de vida de millones de trabajadores en España. Este incremento no solo refleja el compromiso del Gobierno con la justicia social, sino que también contribuye a reducir la desigualdad y a fomentar una economía más inclusiva y sostenible.

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Asesoramiento legal, Asesoría Financiera, Novedades fiscales

El pasado 8 de agosto entró en vigor el DECRETO LEY 9/2024, de 2 de agosto, del Consell, de modificación de la normativa reguladora de las viviendas de uso turístico.

Según esta nueva norma, serán viviendas de uso turístico:

  • Los inmuebles completos, cualquiera que sea su tipología, no estando permitida la cesión por habitaciones.

  • Que se cedan mediante precio, con inmediata disponibilidad.

  • Que cuenten con un informe de compatibilidad urbanística para uso turístico favorable, así como con los títulos habilitantes exigibles para la actividad

  • Con fines turísticos, que se presumirán cuando el inmueble se ceda por tiempo inferior o igual a 10 días de forma ininterrumpida a un mismo arrendatario, independientemente de que se presten o no servicios propios de la industria hotelera

Para poder alquilar una vivienda de uso turístico, se exige su inscripción en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana. Para ello, se necesita:

A) La declaración responsable de inicio de actividad

Debe contener identificación de la persona o entidad titular de la actividad y, si fuera distinta, del propietario del inmueble, así como datos identificativos de la vivienda.

Por otro lado, debe pronunciarse expresamente sobre el cumplimiento de los requisitos urbanísticos, registrales, y documentales de todo tipo (licencias, inscripciones, seguro, certificados…)

También deberá fijarse el periodo de prestación de la actividad en la vivienda, pudiendo comercializarse turísticamente únicamente en los periodos indicados.

B) El documento de compatibilidad urbanística

Las viviendas de uso turístico deberán contar con el informe municipal favorable para uso turístico, cuyo contenido mínimo contemplará los datos esenciales de identificación del inmueble (entre otros, dirección completa o referencia catastral).

La inscripción en el Registro de Turismo tendrá una validez de 5 años. Transcurrido el plazo, se tendrá que solicitar la renovación mediante una nueva declaración responsable.

También será necesario presentar la documentación exigida para las nuevas inscripciones, tanto en el supuesto de renovación de inscripciones que se hubieran llevado a cabo con anterioridad a la entrada en vigor de la norma, como en el de cambio de propietario del inmueble.

Por lo que respecta a la baja en el Registro, diversas circunstancias pueden causarla, tales como el cese voluntario, no haber iniciado la actividad transcurridos dos meses desde la presentación de declaración responsable, u otras relacionadas con la carencia o inexactitud de la información exigida, o con resoluciones administrativas que ordenen el cese de la actividad.

Asesoramiento alquiler turístico Comunidad Valenciana

En cuanto al régimen de infracciones y sanciones, la norma establece diversas infracciones, destacando como muy grave el alquiler de viviendas turísticas por habitaciones, con sanciones de hasta 600.000 euros y/o clausura del establecimiento o cese de la actividad.

Además, a los supuestos de responsabilidad previstos antes de la reforma se añade la posible responsabilidad subsidiaria de los propietarios respecto de las infracciones relacionadas con la oferta ilegal o actividad clandestina cometidas por los responsables de la actividad en inmuebles de su propiedad.

¿Puede alquilarse la vivienda como turística en verano y de temporada en invierno?

Como hemos visto, cuando se presenta la declaración responsable de inicio de actividad, de cara a la inscripción de la vivienda como “de uso turístico” en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana, se debe indicar el periodo de prestación de la actividad en la vivienda.

El establecimiento del periodo de actividad tiene dos consecuencias importantes:

  • NO se puede dedicar la vivienda al alquiler turístico fuera del periodo establecido.

  • NO se puede llevar a cabo ningún otro tipo de alquiler dentro del periodo establecido.

A sensu contrario, parece desprenderse que sí está permitido el alquiler de temporada siempre que esté fuera del periodo indicado como de uso turístico ante el Registro de Turismo.

Si tienes más preguntas, o necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con MATION.

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