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¿Cómo iniciar los trámites para una declaración de herederos abintestato?

Vamos a detallar aquí, los pasos necesarios, para tramitar una declaración de herederos abintestato. Cuando se va a tramitar una herencia. Existen dos supuestos generales, en los que se diferencian los trámites a seguir, en función de si se ha dejado testamento o no. El caso en el que no existe un testamento es el que necesita que se realice una declaración de herederos abintestato, de manera que se pueda establecer una relación de aquellas personas, que tendrían derecho legítimo al caudal hereditario. Es un procedimiento relevante para poder formalizar una herencia, en la que el fallecido no dejó testamento.

¿Quiénes son los herederos en un abintestato?

Como se ha dicho, cuando sucede el caso de que no se ha dejado testamento, es necesario realizar una declaración de herederos abintestato para poder iniciar la tramitación de la herencia.

Esta declaración se establece como el procedimiento básico por el que se podrá determinar quiénes serán los posibles herederos de aquellos bienes de que conste la herencia. Es importante tener en cuenta que este tipo de declaración no trata en absoluto la manera en que la herencia sería repartida, simplemente es un procedimiento para establecer qué personas pueden ser herederas ante la falta de testamento.

Herederos en función del parentesco

Por lo general, para este trámite se considerarán herederos en función del grado de parentesco con la persona fallecida. Esto implica que, primera instancia, el orden sería:
Los Hijos y descendientes.
Los ascendientes.
El cónyuge viudo. En algunas comunidades autónomas esto incluiría a parejas de hecho, pero no es el caso general.
Los hermanos y sobrinos.
Los parientes colaterales hasta en cuarto grado.
Finalmente, el Estado sería el heredero de no existir otros posibles de la relación anterior.

¿Qué procedimientos lleva a cabo la notaría en una declaración de herederos abintestato?

declaración herederos abintestato


Es necesario contar con cierta documentación para acudir a un notario que pueda realizar los pasos necesarios para formalizar la declaración de herederos abintestato. Se necesita el Certificado de fallecimiento, que puede ser requerido de forma presencial en el registro civil de la localidad correspondiente o también puede ser solicitado online a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Para esta solicitud bastará con el DNI del solicitante y los datos básicos de la persona fallecida.
Con este certificado ya obtenido se tramitará el Certificado de Actos de Última Voluntad, que puede solicitarse, igualmente, en forma presencial o en modo online en el Ministerio de Justicia. Este es el documento que confirmará que no existe un testamento, en el caso que estamos siguiendo.

Trámites a tener en cuenta

Con estos certificados se puede acudir a una Notaría competente para que el notario tramite el Acta de Notoriedad.
Para formalizar la declaración de herederos abintestato se necesita la presencia de dos testigos que conocieran de forma personal al causante de la herencia, la condición necesaria para ser testigo es que no se sea beneficiario de la herencia.

Plazos

Tras pasar veinte días hábiles desde el requerimiento del acta se podrá proceder a dar formalidad al protocolo necesario por parte del notario. De este modo se establecerá el Acta de declaración de herederos abintestato.
Una vez formalizada y cerrada el acta es el momento en que se podrá pasar a inscribir en el Registro de la Propiedad los bienes que forman parte de la herencia.
Un problema posible es que no se conozca el domicilio de alguno de los herederos. En este caso el notario procederá a publicar una tramitación del expediente a través del BOE y también pueden realizarse anuncios en los tablones públicos de los Ayuntamientos que se consideren oportunos. Habrá un plazo de 30 días en los que los interesados podrá mostrar su oposición y presentar las correspondientes alegaciones.

Una vez transcurrido el plazo

Si transcurridos 2 meses desde la realización de la citación de interesados, no se presentase ninguno considerado con derecho por el notario, se pasaría a determinar la herencia como vacante. Se notificaría así a al Administración, estatal o autonómica, para que estas instituciones sean declaradas herederas.

¿Quién puede instar una declaración de herederos abintestato?

Cualquiera que se considere con derecho a la herencia. Podrá instar a la tramitación de una declaración de herederos abintestato. Esto incluiría, como ya se vio, a los hijos o descendientes, los ascendientes, cónyuge o pareja viuda y parientes colaterales. 

La persona que promueva esta declaración. Deberá aportar la documentación básica necesaria ya descrita: Certificado de fallecimiento y Certificado de Actos de Última Voluntad. También deberá disponer de la documentación del grado de parentesco que le acredita como posible heredero designado. 

El requirente de esta declaración también podrá ofrecer la información sobre los testigos necesarios para esta tramitación. Estos, como se ha comentado, no podrán tener intereses directos en el caudal a heredar. 

En el caso de que cualquiera de las personas interesadas en el procedimiento, fuera menor de edad o con su capacidad judicialmente modificada. Careciendo de representante legal, sería el notario quien comunicaría tal circunstancia al Ministerio Fiscal para proceder a designar un defensor judicial al efecto.

Si tienes cualquier duda sobre este tema u otros relacionados no dudes en consultarnos. En Mation estaremos encantados de asesorarte y poner nuestra experiencia a tu disposición.

 

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