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Calendario y Principales Novedades

Comienza la campaña de la renta 2023 y desde MATION queremos informarte acerca de todo lo que necesitas saber para cumplir con tus obligaciones fiscales y que no se te escape ningún detalle antes de presentar la declaración.

Calendario de la Renta

Plazos de presentación:

  • Telemáticamente: Del 3 de abril al 1 de julio de 2024
  • Por teléfono: Del 7 de mayo al 1 de julio de 2024 (con cita previa)
  • Presencialmente en las oficinas de AEAT: Del 3 de junio al 1 de julio de 2024 (con cita previa)

Domiciliación:
Podrá domiciliarse el pago de la cuota (si resulta positiva) hasta el 26 de junio de 2024 y el cargo en cuenta se realizará el día 1 de julio de 2024.

Aplazamientos:

Sin intereses ni recargos en 2 plazos:
60% al presentar la declaración
40% hasta el 6 de noviembre de 2024

Será posible domiciliar ambos pagos o solo el primero hasta el 26 de junio de 2024 y en el caso de domiciliar solo el segundo plazo será hasta el 30 de junio de 2024.

Principales Novedades

Obligación de declarar

– Autónomos: Tendrán la obligación de presentar la declaración todas aquellas personas físicas que durante el periodo 2023 hayan estado dadas de alta como trabajadores por cuenta propia con independencia de cuál haya sido el nivel de rendimiento obtenido.

Contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo: Se amplía el límite excluyente de la obligación de declarar de 14.000€ a 15.000€ en los siguientes supuestos:

  • Cuando procedan de más de un pagador salvo las excepciones señaladas en el artículo 96.3 de la ley del IRPF.
  • Cuando perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Resto de contribuyentes: Se mantiene el límite en 22.000€ anuales.

Reducciones

Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
Hasta 6.498€ anuales para contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,50€

Reducciones para empresarios y profesionales

  • En estimación directa: En los mismos términos que para los trabajadores
  • En estimación directa simplificada: Además de lo anterior, se amplía el porcentaje de gastos de difícil justificación al 7%
  • En estimación objetiva: Reducción del 10% del rendimiento neto de módulos obtenido.

Deducciones

Deducción por maternidad

  • Ampliación de hasta 1.000€ por gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.

Deducciones en la Renta 2023

– Deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000€ anuales

  • Hasta el 10% en la cuota íntegra.

Deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación

  • 50% de la aportación con una base máxima de 100.000€

Deducción por adquisición de un vehículo eléctrico

  • 15% del valor de adquisición (desde el 30 de junio de 2023) con una base imponible máxima de 20.000€.

Deducción por instalación de puntos de carga para vehículos eléctricos

  • 15% de las cantidades satisfechas (desde el 30 de junio de 2023) siendo la base máxima de deducción 4.000€ descontadas las ayudas públicas concedidas para ello.

En Mation somos expertos en aplicar de manera eficaz estas y otras oportunidades fiscales manteniéndonos al día de todas las novedades tributarias, actuando con precisión y aportando nuestra experiencia y dedicación para asegurar tu tranquilidad a la hora de presentar la declaración de la renta.

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  • Si la respuesta es afirmativa, podrías tener la obligación de presentar el modelo 720 en la Agencia Tributaria. Dicho modelo es una declaración informativa sobre los bienes y derechos situados en territorio extranjero.


Para saber si estás obligado a informar en dicho modelo debes comprobar si tienes cualquiera de estos tres tipos o bloques de bienes:

– INMUEBLES: Ser titular de bienes inmuebles ubicados en el extranjero o derechos sobre los mismos.



– CUENTAS CORRIENTES: Ser titular, autorizado o persona con poderes de disposición de cuentas bancarias en entidades financieras extranjeras.


– VALORES: Titulares de activos, valores o derechos representativos del capital social, fondos propios o patrimonio de todo tipo de entidades, o de la cesión a terceros de capitales propios, de los que sean titulares y que se encuentren depositados o situados en el extranjero.
Asimismo, titulares de seguros de vida o invalidez y de rentas vitalicias o temporales. Se encuentran incluidas también en este bloque las acciones o participaciones en el capital social de instituciones de inversión colectiva situadas en el extranjero.

Una vez confirmes que posees alguno de estos tipos de bienes o derechos, debes comprobar su valoración para saber si te encuentras obligado a la presentación del modelo. Esta obligación nace para los titulares de los bienes que superen el valor de 50.000€ en cualquiera de los tres bloques anteriores. En caso de que se declare este modelo por primera vez, la obligación para los años siguientes nace si el saldo del bloque hubiese aumentado en 20.000€.

En relación a la valoración monetaria de los bienes, deben seguirse distintos criterios según el tipo de bien a declarar. Es importante tener en cuenta el tipo de cambio si el bien está valorado en una divisa distinta al euro.

Su plazo de presentación comienza el 1 de enero y finaliza el 31 de diciembre del año siguiente a aquél en que se refiera la información a suministrar. Para el ejercicio 2023, el plazo de presentación será del 1 de enero de 2024 al 1 de abril de 2024.

En lo que respecta a las sanciones derivadas de la no declaración o de su incorrecta presentación, existía un severo régimen sancionador hasta el año 2022. No obstante, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró estas sanciones como contrarias al Derecho de la Unión, obligando a España a modificar la legislación y adecuarla al criterio europeo, y ello con base en la limitación de la libre circulación de capitales considerándose abusivas las sanciones por la omisión de información.


Tras la entrada en vigor de la Ley 5/2022 el 11 de marzo del 2022, el régimen sancionador de dicho modelo se adecúa a la normativa europea y no existiendo régimen sancionador específico, es de aplicación el régimen establecido en los artículos 198 y 199 LGT y art. 14 y 15 RGRST. Por tanto, como regla general las sanciones serán las siguientes:


La no presentación en plazo de la declaración conllevará una multa pecuniaria de 200€. Cada bloque de bienes constituye una obligación de información diferente por lo que el régimen sancionador se establece para cada tipo de bien. Si se presentan fuera de plazo sin requerimiento previo la sanción será la mitad de la prevista.

La presentación incorrecta de la declaración consistirá en una multa de 150€.

Para ambas sanciones se aplicará una reducción del 40% por su ingreso en plazo, siempre que no se interponga recurso o reclamación dicha sanción.


Puedes contactar con nuestro equipo de asesoramiento fiscal para que podamos ayudarte en todo lo relacionado con la presentación de dicho modelo. Porque en MATION somos especialistas en hacerte la vida más fácil y evitarte cualquier preocupación o complicación en lo referente a la fiscalidad en España o en el extranjero.

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  • 0.- ¿Qué es una Start Up?
  • 1.- Contar con un Plan de Negocio
  • 2.- Conocer la fiscalidad de las startups
  • 3.- Disponer de un Pacto de Socios
  • 4.- Estrategias de negocios enfocadas al cliente

0.- ¿Qué es una start up?

Una «Start Up» es una empresa de nueva creación en la que su crecimiento se sustenta bajo un desarrollo tecnológico e innovador donde se crean modelos de negocio escalables y disruptivos en el mercado. El término start-up, escrito con guión, hace referencia en inglés al hecho genérico de emprender, sea cual sea el tipo de empresa o tamaño. Cuando hablamos de start-up nos referimos a empresas en una fase muy inicial de emprendimiento. Hoy en día y gracias al acceso a la tecnología y en mayor medida a la IA, el número de proyectos Start Up se encuentran en una creciente expansión. Desde la consultora para Start Ups MATION, hemos observado que aunque el conocimiento y el acceso a la tecnología es muy grande, la mayoría de los CEOs que desarrollan estos proyectos carecen de conocimientos financieros y estratégicos que permitan a garantizar en mayor medida la viabilidad de sus proyectos.   ¿Qué debo tener en cuenta para garantizar el éxito de mi Start Up?

1.- Contar con un Plan de Negocio

Disponer de un Plan estratégico garantiza al proyecto tener una hoja de ruta, permite a todos los implicados en el proyecto a conocer de primera mano los hitos y objetivos que el proyecto tiene. El Plan de Negocio deberá de ser tanto a corto plazo, de deben evaluar todos los objetivos cualitativos y cuantitativos a menos de un año, como a largo plazo, qué se quiere conseguir y cómo lo vamos a realizar. Casi el 85% de las empresas a nivel mundial entran en crisis de tesorería por sus flujos de negocio o más conocido como Cash-flow, lo que hace que no puedan pagar y por tanto cerrar su negocio.

2.- Conocer la fiscalidad de las startups

Ser conocedor de la fiscalidad de tu negocio puede ayudar a ahorrar muchos impuestos, es por ello que conocer la fiscalidad puede permitirte como CEO atraer inversión externa al negocio. Es importante que sepas que, para poder aplicar beneficios fiscales, deberás disponer de un Certificado Start Up, con el mismo, podrás acceder a la tributación del 15% del impuesto de sociedades con resultado positivo durante cuatro ejercicios fiscales.

3.- Disponer de un Pacto de Socios.

La supervivencia de tu proyecto también depende y mucho de la correcta gestión del órgano de gobierno, con la entrada de inversores al proyecto, se hace indispensable la existencia de un Pacto de Socios que regule la gestión y toma de decisiones, formas de entrada de capital interno y externo, estrategias tanto de salida como de entrada de nuevos socios, entre otros aspectos.

4.- Estrategias de negocios enfocadas al cliente

Nunca te enamores de tu proyecto, es imprescindible contar con un equipo de expertos en cada materia, sobre todo en las áreas donde la viabilidad del negocio es tan importante, si tu empresa es con base meramente tecnológica, deberás contar con profesionales expertos en desarrollo tecnológico así como un equipo de especialistas de marketing y comunicación, no vende más el que mejor producto tiene sino el que más sabe vender, contar con un equipo de marketing fuerte te ayudará a alcanzar más rápidamente tus objetivos. Si tienes un proyecto de Start Up, estás perdido y desconoces qué tienes que hacer para realizar un Plan estratégico para tu negocio, desde nuestra consultora para Start Ups MATION podemos ayudarte a realizarlo, simplemente tienes que llamarnos y nosotros nos encargaremos de asesorarte y acompañarte durante el proceso.
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El régimen de consolidación fiscal es un mecanismo legal que permite a varias entidades mercantiles ser consideradas como un único sujeto pasivo para el Impuesto sobre Sociedades. Este régimen especial opcional tiene como objetivo principal que varias empresas tributen de forma conjunta. Es como si fueran una única sociedad y les permite compensar pérdidas entre ellas y eliminar el coste financiero de las retenciones en cualquier pago de intereses o cánones entre ellas. Además, todo el grupo consolidado se tiene en cuenta para determinar los requisitos de aplicación de deducciones y bonificaciones. La consolidación fiscal se encuentra regulada por los artículos 55 a 75 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Para llevarlo a cabo, es necesario cumplir con ciertos requisitos

Beneficios del régimen de consolidación fiscal

Una de las ventajas es que, a pesar de tributar conjuntamente, cada sociedad mantiene su propio riesgo mercantil independiente. Esto significa que las deudas de una sociedad no afectan a las otras sociedades del grupo. Otro beneficio importante es que se establece un principio de solidaridad que permite compensar los beneficios de una empresa con las pérdidas que pueda generar otra, lo que hace que la repartición de responsabilidades y beneficios económicos sea más equitativa. Además, al tributar conjuntamente, las sociedades no tienen que cumplir con las obligaciones tributarias de manera individual. De esta forma se reduce la carga administrativa. Por último, un beneficio importante es que las sanciones que se apliquen a una de las sociedades integrantes en el grupo no se aplican al resto de empresas que forman la consolidación fiscal. Así protege a las empresas que no hayan incurrido en ninguna infracción.

Sociedades minoritarias

Las sociedades minoritarias del conjunto también se benefician de la consolidación fiscal. Las más grandes asumen parte de los compromisos fiscales y permite a las empresas más pequeñas reducir su carga fiscal. Además, las sociedades minoritarias pueden aprovechar los recursos, procesos y conocimientos de las empresas más grandes del grupo. Es importante destacar que el régimen de consolidación fiscal es voluntario. Basta con que las sociedades que integran el grupo fiscal firmen un acuerdo para acogerse a él. El régimen de consolidación fiscal tiene como objetivo principal que varias empresas tributen de forma conjunta. Es como si fueran una única sociedad y les permite compensar pérdidas entre ellas y eliminar el coste financiero de las retenciones en cualquier pago de intereses o cánones entre ellas.

Requisitos que debe cumplir

El régimen de consolidación fiscal implica cumplir con ciertos requisitos para poder llevar a cabo la tributación conjunta entre empresas de un mismo grupo. Es necesario que la sociedad holding posea el 75% de las participaciones integradas y que todas las sociedades estén sujetas al impuesto de sociedades o su equivalente. Sin olvidar que la base imponible del grupo consolidado no es simplemente la suma de las bases individuales. Se aplican las consideraciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Para poder solicitar la consolidación fiscal, se debe aprobar por el Consejo de Administración o un órgano similar. Además, se necesita un acuerdo de todas las sociedades integrantes. Otro requisito importante es que, para que la consolidación fiscal tenga lugar, la entidad mayoritaria no puede estar asentada en un paraíso fiscal y todas las actuaciones de comprobación e investigación del grupo interrumpen el plazo del Impuesto de Sociedades. También se permite la consolidación fiscal en aquellas sociedades que estén participadas por el mismo socio no residente en España, con un mínimo de participación del 75%.

Asesoramiento para Consolidación fiscal

Como vemos, el régimen de consolidación fiscal es una figura que puede resultar beneficiosa para una amplia variedad de situaciones. Pero hay también un importante número de requisitos que cumplir. Por eso es imprescindible contar con un buen asesoramiento experto que estudie cada caso y pueda guiar todo el proceso. Si necesitas consejo sobre consolidación fiscal, no dudes en consultarnos; pondremos toda nuestra experiencia a disposición de tu caso.
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Asesoría fiscal, Startups


La aparición de un modelo de empresa novedoso como las startups implica la necesidad de un asesoramiento legal especializado. Debido a sus particularidades una asesoría legal para startups debe poder ofrecer un acompañamiento cercano y respuesta ágil. Los tiempos de actuación son distintos a las empresas tradicionales y precisan un conocimiento actualizado de los aspectos legales implicados. Un despacho de abogados de una startup tiene que ser proactivo, conocer el ecosistema emprendedor y ofrecer un asesoramiento multidisciplinar. Así, cuestiones legales dejan de ser un problema y se convierten en un aliado para el crecimiento de la empresa. Vamos a ver algunos de los aspectos más importantes en los que el asesoramiento legal necesario para las startups debe enfocarse.


Normativa y regulación de las Startups


La referencia principal para la normativa y regulación de startups es la Ley 28/2022, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes. Esta ley forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que también incluye la Estrategia España Nación Emprendedora. Esta legislación busca reconocer las características específicas de las empresas emergentes que tienen potencial de crecimiento y generar empleo. La regulación tiene como objetivo facilitar la tramitación administrativa, retener y atraer talento. Además de promover una aproximación entre la FP, la Universidad y las necesidades de las empresas emergentes. Para este efecto se promueve que se ofrezcan incentivos fiscales y de inversión. Por ejemplo, nuevas bonificaciones laborales y medidas migratorias para facilitar la entrada y residencia de profesionales.

Si técnicamente una startup es una empresa emergente de base tecnológica con capacidad de crecimiento a nivel global; la definición legal de una empresa emergente o startup incluye varias condiciones específicas adicionales que es necesario conocer. Entre estas condiciones legales destacan ser de nueva creación o no tener más de cinco años de registro en el Registro Mercantil y tener su sede en España. La empresa debe tener una plantilla mayoritariamente contratada en España, no haber distribuido dividendos y desarrollar un proyecto de emprendimiento. Como vemos se trata de condicionantes legales sobre las que un buen asesoramiento resultará crucial.

Debido a sus particularidades, como su modelo de negocio, una asesoría legal para startups debe poder ofrecer un acompañamiento cercano y respuesta ágil, tiempos de actuación distintos a las empresas tradicionales y un conocimiento actualizado de los aspectos legales implicados.


Servicios de Asesoría legal para startups


En el ámbito de las Startups, es crucial llevar a cabo múltiples trámites y gestiones para asegurarse de que se cumple con la legalidad y se comienza a operar de forma correcta. Por lo tanto, un servicio de asesoría legal para Startups debe ofrecer soluciones específicas para cada empresa. Asegurando un servicio eficaz que solo puede ser llevado a cabo por profesionales competentes y comprometidos con su trabajo.

Constitución de sociedades


Un aspecto clave en el desarrollo de startups es la constitución de la sociedad para que se considere como tal. Suele ser necesaria una asesoría que estudie cada caso y pueda explicar las ventajas que cada forma jurídica posible ofrece. Es importante tener claras las diferencias que la startup va a encontrar. Puede acogerse a las figuras de Autónomo o de Sociedad Civil, Cooperativa o Limitada. Es un paso fundamental en el que el consejo experto puede resultar imprescindible. Además, el equipo legal de la asesoría puede ayudar a los clientes en los trámites necesarios.

Asesoramiento mercantil y societario


Es más habitual de lo que parece que algunas startups presenten documentos de Estatutos Sociales muy básicos que no satisfacen las necesidades de empresas de tecnología. Si se firma una versión genérica de los estatutos sociales, es probable que la empresa tenga problemas con inversores o limitaciones de actuación en el futuro, lo que requerirá la ayuda de un abogado para modificarlos y pagar honorarios adicionales. Es importante tener una configuración adecuada del accionariado, las juntas y notificaciones, y determinar el código CNAE para poder obtener beneficios fiscales en el futuro. Aunque las empresas en su fase inicial a menudo optan por los estatutos sociales sencillos, es recomendable buscar el asesoramiento de un abogado especializado en tecnología para evitar problemas y cubrir los riesgos antes de que surjan. En el caso de las startups, es especialmente importante contar con un pacto de socios para establecer relaciones claras entre los socios y evitar problemas en el futuro.


Búsqueda de capital


Otro aspecto muy importante a tener en cuenta en el asesoramiento a startups es contar con ayuda especializada a la hora de iniciar rondas de financiación para que no se escape ninguna de las posibles ayudas públicas y que se pueda conseguir capital de manera efectiva y segura.


Asesoramiento fiscal


Una asesoría legal para startups está incompleta sin un servicio de gestión y asesoramiento fiscal y laboral. Este proporciona soluciones específicas a cada caso. Así los emprendedores pueden centrarse en el crecimiento y expansión de su negocio con total seguridad y tranquilidad.


Asesoría legal para startups en Alicante


Si necesitas una asesoría legal para startups cuenta con nosotros, nuestro personal especializado y nuestra experiencia serán los aliados que necesitas para ayudarte en cada paso de tu proyecto.
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Los impuestos de lotería consiguen que haya en este tipo de juegos un siempre seguro ganador: Hacienda. La probabilidad de llevarse el premio gordo en la lotería de navidad es de 1 por cada 100 000, y la de acertar los 6 números de la primitiva se eleva hasta uno por cada casi 14 000 000; pero las probabilidades de Hacienda de llevarse una parte de cada premio importante rondan el 100%. Así que, si hemos visto nuestro número premiado en la lotería, recordemos siempre guardar una copita del espumoso con el que brindemos para el estado. Vamos a ver aquí qué parte del premio nos puede reclamar Hacienda y en qué casos puede hacerlo.

¿Qué premios están exentos de impuestos?

Hasta el año 2012 los premios ganados en los juegos de azar quedaban exentos de una tributación específica. Si se ganaba la lotería no se tenía que pagar nada expresamente por este hecho a Hacienda en ese ejercicio fiscal. Lo que sí era posible es que hubiera que pagar a través del Impuestos de Patrimonio y en el IRPF en el siguiente año en función de las ganancias que se hubiesen generado con el dinero recibido. Esta es la razón de que se dijera, no del todo acertadamente, que las ganancias de la lotería pagaban impuestos dos años después de recibir el premio. Esto cambió y actualmente se plantea una situación diferente, aunque bastante más clara. Lo primero a tener en cuenta es que se deberán pagar impuestos por los premios importantes de los sorteos adscritos a la ONLAE (Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado). Este impuesto consiste en un porcentaje fijado que se deberá pagar por todos aquellos premios que superen una determinada cantidad que ha ido variando con el tiempo. Actualmente esta cuantía está cifrada en 40 000 euros, es decir, que si el premio recibido es inferior a esa cifra estará exento de pagar impuestos directos por él. Si el premio recibido es mayor de esos 40 000€ se deberá pagar un 20% de lo que supere esa cifra. Por ejemplo, si el premio recibido fuera de 50 000 euros se pagaría el 20% de los 10 000 que superan el límite exento; por tanto, se pagarían a Hacienda 2000 euros del premio, dejando los 48 000 restantes para el premiado. 50 000 – 40 000 = 10 000 20% de 10 000 = 2 000€ a pagar a Hacienda.

Premio – Impuestos de lotería

Como hemos visto, de lo que se gana en la lotería o en los restantes sorteos de la ONLAE se deberá pagar a Hacienda un 20% de las cantidades que superen el mínimo exento de 40.000€ . Esto implica que, realmente en la famosa lotería de navidad, los premios menores estarían exentos y solamente los premios importantes tendrían la obligación de pagar ese porcentaje. Esto es lo que se queda Hacienda con los impuestos de lotería

¿Cómo se paga los impuestos de lotería de lo ganado?

La forma de hacer efectivo el pago de ese porcentaje que Hacienda se llevará del premio de la lotería es en base a una retención del IRPF. La Agencia Tributaria generalmente va a practicar una retención de la cantidad específica antes de que el dinero se ingrese en la cuenta del premiado. Ellos se encargan de realizar el porcentaje sobre la cuantía que exceda el comentado límite exento de 40 000 euros, de manera que el dinero recibido por el agraciado ya venga con el descuento destinado a las arcas públicas. Es un buen modo de evitar problemas y errores con las cantidades a tributar. En cualquier caso, es importante tener en cuenta que esta retención no exime de tener que dar cuenta del perimo recibido en la próxima declaración de la renta del premiado. Generalmente este tipo de ganancias por premios de lotería se deben consignar en el apartado determinado de las Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales, que dispone de un apartado concreto destinado a premios obtenidos en juegos o rifas sin fines publicitarios. En el caso de contribuyentes que no sean residentes deberían recurrir al modelo 230 de la AEAT para consignar y dejar aplicadas las oportunas retenciones.

Premios compartidos ¿Cómo se paga?

Realmente los impuestos de la lotería no cambian cuando se trata de participaciones o de décimos compartidos. Lo que sí hay que tener en cuenta es que entregar el décimo premiado en el banco es importante que figuren todos los premiados que comparten el premio. De este modo Hacienda identificará a todos los ganadores y se evitará que la Agencia Tributaria registre un único ganador. Esto sería un problema, porque al realizar después el reparto de modo personal, esta acción figuraría como una donación y habría que volver a pagar el impuesto oportuno por ello. En los premios compartidos el mínimo exento de los 40 000 euros se aplica a todo el premio, no a lo recibido por cada ganador, por lo que la retención a practicar se realizará de forma prorrateada con el porcentaje del premio que reciba cada participante.

MATION resuelve tus dudas sobre impuestos de lotería

Si necesitas asesoramiento sobre los impuestos de lotería que deben pagarse en los premios de la lotería no dudes en consultarnos, estaremos encantados de asesorarte sobre este tema y guiarte en cada trámite que necesites.
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Impugnar una herencia aceptada entra dentro de lo legalmente aceptado siempre que se realice del modo reglamentario y en las condiciones previstas por la legislación. No es algo que pueda hacerse en todos los casos, sino que requiere de unos condicionantes específicos para que pueda realizarse. Es por esto que, además de informarse bien de en qué supuestos se puede realizar, es importante estar convenientemente asesorado por profesionales en el derecho hereditario antes de intentar iniciar este tipo de acciones. Vamos a ver aquí en qué casos se puede impugnar una herencia aceptada.

Impugnar una herencia

Como ya vimos en un artículo anterior impugnar una herencia es algo posible para aquellos herederos que no estén de acuerdo con el contenido de un testamento. Al considerar que este no se ajusta a la reglamentación o que no respeta sus derechos legítimos. Igualmente se puede impugnar un testamento en caso de que se detecten defectos de forma o que concurra en alguna irregularidad.

¿Hasta cuándo se puede impugnar una herencia?

Legalmente se dispone de un plazo muy amplio para impugnar una herencia, incluso en el caso de que esta ya hayas sido aceptada. Se puede realizar la impugnación hasta en un periodo de 15 años a partir del fallecimiento del testador. Pero esto no significa que en cualquier caso se pueda realizar la impugnación de una herencia ya aceptada. Esto solo puede hacerse en unos supuestos específicos que vemos a continuación. ¿Cómo se puede impugnar una herencia aceptada? Te explicamos cómo hacerlo y qué puede pasar | MATION Alicante

¿Se puede impugnar una herencia ya aceptada por sus herederos?

Para poder impugnar una herencia aceptada será necesario poder probar que hay alguna irregularidad o defecto que pueda hacer que se anule el anterior consentimiento expresado en la aceptación. Esto queda así establecido en el artículo 997 del Código Civil. En el que se deja claro que los actos de aceptación, y también de repudio, de una herencia se consideran irrevocables a no ser que adolezcan de alguna irregularidad que permita anular ese consentimiento. También se establece en ese artículo la aparición de un testamento desconocido como posible causa de impugnación legal de una herencia aceptada. Como vemos, impugnar una herencia aceptada se puede hacer legalmente, pero se necesitará que concurra alguna situación irregular que no se hubiera detectado antes de realizar la aceptación, ya que lo que en realidad se hace es anular ese acto de aceptación con alguna causa legalmente establecida para ello. Aunque la legislación tiene previsto un plazo para que el heredero estudie y sopese la decisión de aceptar o no una herencia, también tiene previsto, como vemos, que esa aceptación se hay realizado sin todas las garantías y, por tanto, pueda darse el caso de que se anule legalmente.

Causas por las que se puede impugnar una herencia aceptada

Para poder impugnar la aceptación de una herencia generalmente tienen que darse una serie de requisitos con respecto al error detectado como causa posible de la invalidación del procedimiento de aceptación. En primer lugar, debe tratarse de un error esencial, que afecte de forma específica a las condiciones en que se basó la aceptación de la herencia. También debe darse la condición de que ese error no pueda ser imputable al heredero y que se haya producido sin que este pudiera evitarlo de forma razonable. Y, por último, es también necesario que exista una relación de causa entre el error detectado y el problema que el heredero tiene con la aceptación de esa herencia. Como vemos, se trata, por tanto, de errores que no hayan podido ser apreciados en el tiempo que se realizó el análisis y la toma de decisión de la aceptación y que afecten o perjudiquen a la persona que realiza la impugnación. Si el efecto de estos errores no puede ser reparado mediante una diligencia que no afecte a otros se podrá considerar la impugnación como forma de reparación. El ejemplo más clásico es que aparezca una deuda desconocida en el momento de realizar la aceptación. Dado que, en este caso, esa aceptación se basa en datos incompletos o errores se podría pedir la anulación de la aceptación.

¿Cuál es el procedimiento a seguir?

Para impugnar una herencia aceptada se deberá presentar una demanda judicial, por lo que será preciso la asistencia de un abogado especialista en materia de herencias. Una vez admitida la demanda se realizará una audiencia previa en la que se puede plantear la posibilidad de un acuerdo entre las partes y así evitar tener que llegar al juicio. Si no se llegase a ese acuerdo, sería el juez quien decidiría sobre la impugnación solicitada.

¿Y si el testador no acepta la impugnación de testamento?

El hecho de que el testador haya expresado su voluntad de impedir que se impugne su testamento no tiene efecto si se dan causas legales para realizarla por parte de los herederos. Siempre que la impugnación se ajuste a lo reglamentado se podrá realizar, independientemente de lo expresado por el testador. Lo que sí puede hacer quien redacta el testamento es incluir lo que se conoce como cautela socini, que implica que aquel heredero que impugne el testamento solo podría recibir la legítima estricta que por ley le correspondiese.

MATION resuelve tus dudas

Para cualquier duda sobre el delito fiscal no dude en ponerse en contacto con MATION, estaremos encantados de asesorarle.
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Asesoría fiscal
El delito fiscal es una de las infracciones legales más habituales a nivel internacional. Seguro que todos recordamos la anécdota de cómo Al Capone acabó entre rejas por fraude fiscal después de haberse librado de ir a prisión por sus numerosas actividades mafiosas. Es solo una muestra de lo importante que resulta tener siempre las cuentas claras para no incurrir en un delito fiscal. Vamos a ver aquí en qué consiste este tipo de infracción y qué tipos de delito fiscal hay.

¿Qué es un delito fiscal?

El delito fiscal se define como un delito contra la Hacienda pública y también contra la Seguridad Social en el que se defrauda o se causa un daño patrimonial a estas instituciones públicas. Este delito se realiza mediante engaño, sea este por acción o por omisión, a cualquier instancia de la Hacienda pública, es decir la estatal, la autonómica o foral, la local y la europea. Esto implica que haya una serie de conductas que pueden ser consideradas delito fiscal, y que podemos resumir en tres categorías:
  • Eludir el pago de cualquier tipo de tributo, impuesto, tasa o contribución especial.
  • Obtener algún tipo de devolución indebida.
  • Conseguir algún tipo de beneficio fiscal de modo indebido.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que, para las infracciones cometidas de estas categorías se consideren delito fiscal, la cantidad defraudada debe resultar mayor a 120.000 euros. Será, además, un juez quien deberá estimar el importe de esa deuda tributaria y no la Administración. Sería, por tanto, un delito de resultado, por acción o por omisión, que viene regulado en el artículo 305 del Código Penal. La consideración de delito fiscal se creó en 1977, y la reglamentación legal actual se sustenta en la Ley Orgánica de 29 de junio de 1995, en la que se definen los preceptos relativos a este tipo de delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Tras esto la ley ha sido modificada sobre todo para actualizarse en cuanto a las cantidades mínimas que se consideran fraude fiscal.

Tipos de delito fiscal

En el delito fiscal se considera sujeto pasivo a la Hacienda pública, como ya hemos visto, en cualquiera de sus formas territoriales. El sujeto activo de este delito puede ser el propio contribuyente u obligado tributario, o también un sustituto legal de este contribuyente. Un retenedor, bien como persona física o bien como persona jurídica, que tenga realizar una retención por imperativo legal también puede ser sujeto activo de este delito. Los delitos fiscales pueden clasificarse en función de su gravedad. De este modo tendríamos:

Tipo atenuado

Este tipo atenuado se considera en el caso de que el autor del delito, el obligado tributario, pague la deuda en la que haya incurrido y la reconozca judicialmente antes de que pasen dos meses desde la fecha de citación en calidad de investigado. Igualmente, si los que han participado en el delito fiscal, que no sean el propio obligado tributario, se prestan a colaborar deforma activa en el proceso de obtención de pruebas y en el esclarecimiento completo de las actividades y hechos del delito; se podrá considerar el tipo atenuado. La participación decisiva para averiguar el patrimonio real del autor del delito o de otros responsables del mismo será también relevante en este caso. Para este tipo se establecen generalmente penas inferiores en uno o dos grados a las consideradas más graves.

Tipo agravado

En el artículo 305 bis del Código Penal se dispone que el delito fiscal se considerará como grave cuando acaecen en él una serie de circunstancias:
  • Cuando la cantidad de la cuota que ha resultado defraudada exceda de 600.000 euros.
  • Cuando se hubiera cometido el fraude dentro de un grupo o de una organización criminal.
  • También cuando se haya utilizado a personas físicas o jurídicas o también a entes sin personalidad jurídica como interpuestos para dificultar la determinación de los autores del delito y su cuantía.
  • También cuando se haya recurrido a territorios de nula tributación (paraísos fiscales) o instrumentos fiduciarios con el ánimo de ocultar el patrimonio del obligado tributario y la identidad del responsable del delito.

¿Cómo se castiga el delito fiscal?

El delito fiscal se castiga con una serie de penas conjuntas: La más importante sería la pena de prisión desde uno hasta cinco años, en función de la gravedad de los hechos. Además, habría una multa de hasta el séxtuplo de la cantidad que se haya determinado como defraudada. Se incluye una pena accesoria consistente en la imposibilidad de acceder a subvenciones y ayudas públicas, junto a la pérdida de posibles beneficios e incentivos fiscales o relativos a la Seguridad Social por un período de entre tres y seis años.

¿Existe alguna excepción?

Con la finalidad de incentivar el pago voluntario de lo defraudado, se establece una exención para aquellos infractores que regularicen su situación antes de que la Administración tributaria hubiera notificado el inicio de la investigación para determinar las deudas que serán objeto de la regularización legal. También puede hacerse ese pago voluntario antes de que el Ministerio Fiscal o el representante en el proceso de la Administración territorial correspondiente interponga la querella contra el obligado tributario; o de que el juez de instrucción proceda en la iniciación de diligencias. Como vemos es siempre muy importante estar bien asesorado en materia fiscal, para evitar cualquier tipo de problema. Si tienes cualquier duda sobre delitos fiscales no dudes en consultarnos, en Mation estaremos encantados de poner toda nuestra experiencia para asesorarte.

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