Cuando llega el momento de realizar la declaración de la renta, cada año, hay que estar especialmente atento a las posibles novedades de esa campaña. Este consejo cobra especial importancia en esta temporada, ya que se estima que alrededor de 3,5 millones de contribuyentes han estado en una
situación de Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), y esta situación introduce
una complejidad añadida a la situación.
Por el momento, la Agencia Tributaria está remitiendo cartas para informar a
varios de los afectados por ertes de que esto supone un elemento decisivo y que, probablemente, estén
obligados a presentar la declaración de la renta en este ejercicio. Vamos a aclarar aquí lo relativo a la situación de ERTE y declaración de la renta.
ERTE y declaración de la renta ¿ qué necesitas tener en cuenta este 2021?
De forma general, la obligación de
presentar la declaración de la renta se produce para los contribuyentes que superen la cantidad de 22.000 euros en sus rendimientos del trabajo. Sin embargo, hay una excepción importante a aplicar en esta regla, y es el caso de
contar con dos o más pagadores. Cuando se cuenta con más de un pagador entonces este
límite se ve reducido hasta los 14.000 euros, siempre que lo que se haya
percibido por el segundo y restantes pagadores supere el importe de 1.5000 euros. Dado que en el caso de haber estado inmerso en un ERTE
se entiende que el SEPE sería un pagador, al haber percibido además los pagos por parte de, al menos, el empleador anterior a la situación de ERTE. Así ya tendríamos, cuando menos, los dos pagadores que se estipulan en la norma.
Se estima que unos 327.000 contribuyentes, que en el pasado ejercicio no estaban obligados a presentar declaración de la renta, al estar afectados este año por un ERTE han pasado. Por este motivo, a quedar obligados a realizar la declaración.
Problemas que generan el ERTE y declaración de la renta
El problema que se puede presentar a la hora de realizar la declaración de la renta en estos casos es que hay bastantes
posibilidades de que salga a pagar para el contribuyente, por culpa de las
insuficientes retenciones practicadas durante el año. El SEPE no está obligado a retener si las cuantías que se abonan durante el año no superan los 14.000 euros.
El contribuyente puede solicitarlo por su cuenta, pidiendo que se le retenga un porcentaje mayor, de manera que el resultado se ajuste más a la tributación real que le correspondería en función de sus ingresos totales anuales; pero esto es algo que no suele hacerse. Por tanto, lo más habitual es que se llegue al momento de la declaración de impuestos sin haber realizado las retenciones mensuales habituales.
Aspectos a tener en cuenta
Debemos tener en cuenta que las retenciones practicadas, en los casos en que están bien ajustadas a los ingresos globales anuales del contribuyente, lo que hacen es
anticipar el montante del impuesto final que debería pagar ese contribuyente. La declaración sirve para ajustar ese importe, y se da el caso habitual de que se le devuelva dinero al contribuyente que ya ha adelantado de más durante el año.
Un contribuyente que no queda obligado a declarar soporta así también el IRPF a través de sus retenciones mensuales. Se establece una reducción de la cuantía establecida para quedar obligado a declarar. En el caso de haber dos o más pagadores, con el objetivo de que los contribuyentes con similares rendimientos de trabajo soporten también un impuesto final similar, de modo independiente del número de pagadores.
Errores del SEPE con el ERTE y declaración de la renta
Se han conocido número de casos en los que
el SEPE ha efectuado pagos no correspondientes a trabajadores en situación de ERTE. En esta situación la propia Agencia Tributaria reconoce que se darán casos en los que el contribuyente va a tener que pagar en la declaración por lo que se ha recibido erróneamente. Después, tendrá que solicitar una
rectificación de la declaración que le permita
recuperar lo que se haya abonado de más a Hacienda.
¿Y si ya se ha devuelto la cantidad?
Si se ha recibido un pago indebido del SEPE en 2020 y ya se ha solucionado el problema, tras recibir una carta de apremio y proceder a devolver la cantidad en cuestión, lo normal es que la Agencia Tributaria integre en los datos fiscales las cantidades correctas.
Hacienda irá recibiendo información del SEPE, lo más recomendable es
consultar los datos fiscales si estamos en uno de estos casos. De ese modo sabremos si la información concerniente está ya actualizada sobre la posible resolución de la situación con el SEPE. Cuando esto ocurra
ya no habrá problemática específica respecto a este supuesto de la que preocuparse de cara a la declaración de la renta.
¿Si no se ha devuelto?
Si se da el caso de que
no se conoce el importe indebido cobrado, o que no se ha resuelto aún el problema con la devolución correspondiente, esto no aparecerá en los datos fiscales. Al hacer la declaración, generalmente, saldrá a pagar una cantidad mayor de la debida. Lo más conveniente es
solucionar el problema con el SEPE antes de hacer la declaración. Una vez resuelta la incidencia se con el SEPE, se podrá solicitar una rectificación para recuperar lo pagado de más.
Consulta los servicios de Mation
Si tienes algunos de los problemas mencionados respecto al ERTE y declaración de la renta no dudes en
consultarnos. Te ayudamos a solucionar cualquier problema que pueda surgir.